Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/5/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3175 - 15/05/2009

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N42

corridos desde la fecha de producción del daño. Con dicha Solicitud se debe acompañar, en todos los casos: a título original del bien afectado y copia, la que será certificada por el funcionario receptor del trámite, b certificado de libre deuda expedido por la Dirección General de Rentas. Dicho comprobante podrá ser presentado dentro de los 15 días de iniciado el trámite d si el daño se hubiera producido en un automotor debe acreditarse, el motivo por el cual dicho bien se encontraba en la zona de la inundación o del anegamiento
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la debida intervención, mediante Dictamen PG N 69.262 /09 manifestando que el temperamento adoptado por la autoridad de aplicación resulta adecuado toda vez que conforme lo establece la normativa de marras, quien solicitó el beneficio debía acompañar el Certificado de Libre Deuda expedido por la Dirección General de Rentas y en la especie, la recurrente presentó copia de la página web del organismo recaudador, en la que expresamente se consigna: La información suministrada por la presente consulta carece de valor documental alguno y se brinda a sólo efecto de su conocimiento por parte del responsable del tributo lo que lleva a considerar que la quejosa no cumplió los requisitos del Art. 3 de la Ley N 1.575, su reglamentación y la normativa vigente para acceder al beneficio, en virtud de lo cual se concluye que el acto denegatorio se ajusta a derecho tanto en lo formal como en lo substancial y por ende corresponde desestimar el remedio procedimental intentado.
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1.- Desestímase el Recurso Jerárquico que opera en subsidio del de Reconsideración interpuesto por la Sra. Mariela Liliana Gallardo, DNI N 21.522.438, impugnando la Resolución N 290-SSEMERG/08 que dene gó la solicitud del beneficio previsto en la Ley N 1.575, por los daños alegados respecto del automóvil dominio CQQ 553, de su propiedad.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada y, para su conocimiento y demás efectos, dése traslado a la Subsecretaría de Emergencias. Cumplido, archívese. Montenegro
RESOLUCIÓN Nº 416 - MJYSGC/09
Buenos Aires, 5 de mayo de 2009.
VISTO: El Expediente Nº 63.408/02, por el cual se instruyó el Sumario Nº 536/02, y CONSIDERANDO:
Que la ex Subsecretaría de Logística y Emergencias dispuso, mediante Resolución Nº 428-SSLyE/02 fs. 9, la instrucción del presente sumario a fin de deslindar responsabilidades que pudieran corresponder con motivo del accidente de tránsito protagonizado por el agente Héctor Luis Iza, F.C. Nº 320.484, el día 20 de septiembre de 2002, en la intersección de las calles Boyacá y Neuquén, con un móvil municipal marca Mercedes Benz DNT 668, afectado a la ex Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias, y un vehículo particular marca Peugeot modelo 505, a raíz del cual el conductor de este último resultó herido y trasladado al Hospital Álvarez;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/5/2009

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha15/05/2009

Nro. de páginas184

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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