Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5/1/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3088 - 05/01/2009

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N12

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1º.- Intímase a la Señora Esther Garay, D.N.I. Nº 13.811.442 y su grupo familiar y/o cualquier otro ocupante y/o subocupante del inmueble sito en Blanco Encalada 4138/40/42 Nomenclatura Catastral:
Circunscripción: 16, Sección 51, Manzana 105, Parcela 4 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que no haya sido específicamente declarado Beneficiario del Programa de Recuperación de la traza de la ex Au 3, creado por Ley Nº 324, a la desocupación y restitución del inmueble a la Administración, libre de personas y bienes, en el término de diez 10 días de notificado el presente, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Artículo 2.Artículo 2º.- Dispónese la desocupación administrativa de los ocupantes y/o subocupantes, las instalaciones y los bienes que se encontraren en el inmueble perteneciente al dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en la calle Blanco Encalada 4138/40/42 Nomenclatura Catastral:
Circunscripción: 16, Sección 51, Manzana 105, Parcela 4, para el caso que la desocupación no se efectivice, bajo apercibimiento en caso de negativa o ausencia a proceder al traslado de esos elementos a depósitos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a exclusivo cargo de los ocupantes y/o subocupantes, labrándose la correspondiente Acta Notarial a fin de dejar constancia de la restitución de la propiedad.Artículo 3º.- Instrúyase a la Dirección General Administración de Bienes para que, con la colaboración de la Subsecretaría de Planeamiento, las Direcciones Generales de Guardia de Auxilio y Emergencias, de Fiscalización y Control, Adjunta de Sistema de Atención Médica de Emergencia SAME, de Logística, de Mantenimiento de la Flota Automotor, el Instituto de Zoonosis Dr. Luis Pasteur y la Unidad Ejecutora del Programa de Recuperación de la Traza de la Ex Au 3, procedan a efectivizar la desocupación dispuesta por el presente Decreto, pudiendo en caso de ser necesario requerir el auxilio de la fuerza pública, remitiéndose los bienes muebles a depósitos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, si los mismos no fueran retirados por parte del ocupante y/o subocupantes, o ante su negativa o ausencia, dejándose constancia de los mismos en acta notarial que labrará el Escribano designado al efecto por la Dirección General Escribanía General, dejando constancia de la recuperación del bien inmueble.
Artículo 4º.- Encomiéndase al organismo bajo cuya jurisdicción se encuentre la administración del inmueble de que tratan las presentes, la adopción de las medidas necesarias tendientes a propender, en el supuesto de la desocupación, al mantenimiento de las condiciones de higiene y de seguridad del inmueble, a los fines de evitar posibles intrusiones.Artículo 5º.- Intímase a los ocupantes y/o subocupantes mencionados en el Artículo 1º a acreditar el pago de las tasas, servicios y cánones adeudados por el referido bien, en cada caso, por todo el tiempo de ocupación, bajo apercibimiento de iniciar las acciones correspondientes.Artículo 6º.- El presente Decreto es refrendado por los Señores Ministros de Desarrollo Económico y de Desarrollo Urbano y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.Artículo 7º.- Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Guardia de Auxilio y Emergencias, de Fiscalización y Control, Adjunta Sistema de Atención Médica de Emergencia SAME, de Logística, Mantenimiento de la Flota Automotor y Escribanía General, al Instituto de Zoonosis Dr. Luis Pasteur, a la Unidad Ejecutora del Programa de Recuperación de la Traza de la ex Au 3 y a la Subsecretaría de Planeamiento Urbano. Para su conocimiento, notificación y demás efectos, gírese a la Dirección General Administración de Bienes.
Cumplido, archívese.- MACRI - Chain a/c Rodríguez Larreta
Resoluciones Ministerio de Ambiente y Espacio Público RESOLUCIÓN N 2.147 - MAyEPGC/08
Buenos Aires, 11 de diciembre de 2008.
VISTO: la Resolución Nº 1.924/MHGC/07 y el Expediente Nº 37.322/08, y CONSIDERANDO:
Que, mediante la citada Resolución se adecuaron los contratos de locación de servicios vigentes al 31 de diciembre de 2.007, a las previsiones de la primera parte del artículo 39 de la Ley Nº 471, con las excepciones específicamente establecidas al efecto;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5/1/2009

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha05/01/2009

Nro. de páginas109

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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