Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 29/6/2015 (Anexo)

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 4668 - 29/6/2015

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N 4668
ANEXO - DECRETO N 201/15
ANEXO I

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES QUE RIGE EL
PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE
USO Y EXPLOTACIÓN DEL ESPACIO UBICADO EN UBICADO EN EL
MUSEO DE ARTES PLASTICAS EDUARDO SIVORI, SITO EN AVENIDA
INFANTA ISABEL ENTRE AVENIDA IRAOLA Y AVENIDA CNEL.
MARCELINO FREYRE, DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
CAPITULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
Artículo 1.- ALCANCE DEL PRESENTE PLIEGO.
El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares complementa, aclara y perfecciona las estipulaciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Decreto N 45/GCBA/10, en virtud de las previsiones contenidas en la Ley Nº 2.095, modificada por la Ley N4.764 y su Decreto reglamentario N
95/GCBA/14, para regir el procedimiento de licitación pública para la concesión de uso y explotación del espacio ubicado en el Museo de Artes Plásticas Eduardo Sivori, sito en Av. Infanta Isabel entre Av. Iraola y Av. Cnel. Marcelino Freyre destinado a las explotaciones que se detalla en el artículo siguiente, debiendo ajustarse el Concesionario a la normativa vigente que regule la actividad.
Artículo 2.- OBJETO.
El presente llamado a Licitación Pública tiene por objeto otorgar la concesión de uso del espacio ubicado en el bien de dominio ubicado en el Museo de Artes Plásticas Eduardo Sivori, sito en Av. Infanta Isabel entre Av. Iraola y Av. Cnel. Marcelino Freyre, con destino a la explotación de servicio de cafetería, repostería, sándwiches, comidas ligeras, minutas, bebidas en general permanente y no permanente, todo de conformidad con el Pliego de Especificaciones Técnicas, el Código de Planeamiento Urbano y demás normativa vigente.
No se podrá otorgar al bien concesionado un destino distinto que el expresamente fijado, estándole prohibido al adjudicatario realizar actividades ajenas a las establecidas en los Pliegos, bajo apercibimiento de aplicar el régimen de penalidades previsto en el capítulo X del presente.
Artículo 3.- TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES.
El presente artículo complementa las estipulaciones previstas en el artículo 2 del P.B.C.G.
a Acta de Inicio de Explotación: Es el acta de constatación por la cual el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deja constancia de que
N 1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 29/6/2015 (Anexo)

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaísArgentina

Fecha29/06/2015

Nro. de páginas1092

Nro. de ediciones3385

Primera edición14/08/2008

Ultima edición06/06/2024

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