Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 28/4/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

Núm. 50.27 de abril de 2021

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

55

JUTJATS SOCIALS / JUZGADOS DE LO SOCIAL
01791-2021
CASTELLÓ DE LA PLANA

CVE: 20210400500007

D. PABLO CATALAN BELDA, SR. LETRADO DE LA ADMON. DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 4 DE LOS DE CASTELLÓN.
HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos de Ejecución núm. 000180/2018 a instancias de INSS-TGSS contra PLAYA
RIBERA DOR SL, en la que el día 12/04/2021 se ha dictado Decreto de Insolvencia cuya parte dispositiva dice:
a Declarar a la empresa ejecutada PLAYA RIBERA D OR SL en situación de INSOLVENCIA TOTAL, que se entenderá a todos los efectos como provisional, por importe de 288 euros.
b Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infraccción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.
INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECURRIR
De conformidad con la D.A. 15 de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 euros, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco SANTANDER, cuenta número 4160 0000 64 0180 18 indicando, en el campo concepto el código 31 SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial y la fecha de la resolución recurrida en formato DD/MM/AAAA.
En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, se dirigirá a la cuenta IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274 indicando, en el campo concepto el número de cuenta y el código que se expresa en el párrafo anterior.
En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.
Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.
Asi lo acuerda y firma el/a Letrado/a de la Admón. de Justicia D. PABLO CATALAN BELDA.
Y para que conste y sirva de notificación a PLAYA RIBERA D OR SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciendo saber que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial conforme lo establecido en el art. 59.2º de la L.R.J.S., expido el presente en CASTELLON, a doce de abril de dos mil veintiuno.
EL/A SR/A. LETRADO/A DE LA ADMON. DE JUSTICIA.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 28/4/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

PaísEspaña

Fecha28/04/2021

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones4545

Primera edición20/01/2011

Ultima edición23/05/2024

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