Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 13/4/2021

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

Núm. 44.13 de abril de 2021

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

59

JUTJATS SOCIALS / JUZGADOS DE LO SOCIAL
01606-2021
CASTELLÓ DE LA PLANA
EJ.115/20 AUTO EXTINCIÓN S.1
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE CASTELLON
Bulevar Blasco Ibáñez, 10 - 2 planta Palacio Justicia 12003 Castellón.
N.I.G.: 12040-44-4-2020-0000840
Asunto: EJECUCIÓN número 000115/2020.
Ejecutante: SIMONI CRISTINA GONZALEZ NUNES.
Representante: MUNDO ALBERTO, MANUELMUNDO ALBERTO, MANUEL.
Ejecutado: CAMPING AZAHAR RESIDENCIAL SA.
Representante: .
E D I CT O
D. SILVIA GARCIA HERNANDEZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE LOS DE
CASTELLON
HAGO SABER: Que en este Juzgado se siguen autos sobre EJECUCIÓN núm. 000115/2020, a instancia de SIMONI CRISTINA GONZALEZ NUNES contra CAMPING AZAHAR RESIDENCIAL SA en la que con fecha 30 de marzo de 2021 se ha dictado la resolución consistente en Auto que, en su Parte Dispositiva, es del tenor literal siguiente:
Se estima el incidente de no readmisión interpuesto por Simoni Cristina González Nunes contra la empresa Camping Azahar Residencial S.A., y se declara la extinción del contrato de trabajo que ha unido a las partes, condenando solidariamente a los ejecutados al abono de una indemnización por importe de 7.853,42 euros y de salarios de tramitación por importe de 13.086,42 euros.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe recurso de reposición en el plazo de los tres días siguientes a su notificación. De conformidad con la D.A. 15 de la LOPJ en su redacción dada por la LO 1/2009, de 3 de noviembre, el recurrente sin derecho a justicia gratuita, al tiempo de interposición del recurso deberá presentar resguardo acreditativo del depósito por importe de 25 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, cuenta del expediente, con la advertencia de que en caso de que el depósito no sea constituido no se admitirá a trámite el recurso.

Así lo acuerda y firma D Marta Coscarón García, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Castellón; doy fe.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado; doy fe.

CVE: 20210400440025

Y para que sirva de notificación a la Parte Ejecutada, en los términos previstos en el artículo 59 LRJS y con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la Oficina Judicial, por el medio establecido al efecto, salvo lo dispuesto para la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento, expido el presente en Castellón, a uno de abril de dos mil veintiuno.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 13/4/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

PaísEspaña

Fecha13/04/2021

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones4346

Primera edición20/01/2011

Ultima edición27/02/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones