Boletín Oficial de Cantabria del 5/4/2024 - Ordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario

VIERNES, 5 DE ABRIL DE 2024 - BOC NÚM. 66

- Certificado de empadronamiento colectivo.
- Certificado de empadronamiento colectivo histórico.
- Certificado histórico de hoja.
Quedan excluidos de este procedimiento los certificados que se precisen aportar para gestiones internacionales que precisen la apostilla de la Haya.
Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 41 de la Ley 40/2015 y el artículo 21.1.a y s de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, vengo a RESOLVER:
PRIMERO.- Aprobar la expedición de los certificados del Padrón municipal de habitantes como actuación administrativa automatizada "Sello de Órgano" del Ayuntamiento de Astillero, y que serán los siguientes:
- Volante de empadronamiento.
- Certificado de empadronamiento individual.
- Certificado de empadronamiento individual histórico.
- Certificado de empadronamiento colectivo.
- Certificado de empadronamiento colectivo histórico.
- Certificado histórico de hoja.
Los certificados del padrón de habitantes se considerarán emitidos a todos los efectos por el área de Secretaría de este ayuntamiento, siendo susceptible de impugnación ante el alcalde u órgano municipal en que este delegue.
SEGUNDO.- Reconocer la validez y efectos jurídicos de la AAA citada, de acuerdo con las previsiones recogidas en los arts. 12 y 27 de la LPAC, 41 y 42 y concordantes de la LRJSP, así como en el RD 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
TERCERO.- Considerar los documentos emitidos como certificados expedidos por la Secretaria General del Ayuntamiento de Astillero e incorporarán un certificado electrónico de sello de órgano, expedido por la FNMT con código de verificación para que pueda comprobarse su autenticidad e integridad accediendo a la sede electrónica municipal.

i Pág. 8982

QUINTO.- El sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido que contendrá todos los datos recogidos en el artículo 40 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, será utilizado en todos los procesos de tramitación automatizada.

CVE-2024-2350

CUARTO.- La emisión de los certificados y utilización del sello de órgano, se realizará por cualquiera de los funcionarios o empleados públicos habilitados a tal fin, y su utilización implica la asunción de la responsabilidad sobre documento creado, veracidad de los datos en él contenidos y sobre la legalidad y procedencia de su expedición.

boc.cantabria.es
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 5/4/2024 - Ordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Ordinario

PaísEspaña

Fecha05/04/2024

Nro. de páginas134

Nro. de ediciones3596

Primera edición04/01/2010

Ultima edición03/06/2024

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