Boletín Oficial de Canarias del 29/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de Canarias

Boletín Oficial de Canarias núm. 44

6322

Jueves 29 de febrero de 2024

II. Autoridades y personal Nombramientos, situaciones e incidencias Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes 826

ORDEN de 19 de febrero de 2024, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocal titular del Consejo Escolar de Canarias, en el sector de los cabildos insulares, en representación del Cabildo Insular de El Hierro.

Vista la propuesta formulada por el Viceconsejero de Educación, de 9de febrero de 2024, que consta en el expediente, y con base en los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante Orden n.º 679/2021, de 10 de noviembre, de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo Escolar de Canarias por renovación, se acordó nombrar a Dña. Tatiana Brito Gutiérrez vocal titular en representación del Cabildo Insular de El Hierro.
Segundo.- Con fecha 25 de enero de 2024, el Consejo Escolar de Canarias remite comunicación del acuerdo de 2 de noviembre de 2023, del Pleno del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro, por el que se designa representante de la citada corporación insular en el Consejo Escolar de Canarias a D. Emilio V. Hernández Montero.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Resultan de aplicación los artículos 6.1.l de la Ley 4/1987, de 7de abril, de los Consejos Escolares, y 6.l del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias, aprobado por Decreto 36/2003, de 24de marzo, en cuanto a la representatividad y legitimación para la propuesta de cese y nombramiento de vocales en dicho órgano.
Segundo.- Los artículos 17.1.g de la citada Ley de los Consejos Escolares y 11.1.e del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias señalan que procede el cese de los vocales por acuerdo de las organizaciones, entidades y asociaciones que efectuaron las propuestas.
A este respecto la designación de nuevos vocales en representación de la correspondiente organización, entidad o asociación, lleva aparejado el cese de los vocales anteriormente nombrados.
Tercero.- Por su parte, los artículos 14de la Ley 4/1987 y 9 del citado Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias atribuyen a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación la facultad de efectuar los nombramientos de los vocales del Consejo Escolar de Canarias, a propuesta de las organizaciones, entidades y asociaciones previstas en el artículo 6 del Reglamento.

https sede.gobiernodecanarias.org/boc
boc-a-2024-044-826

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Canarias del 29/2/2024

TítuloBoletín Oficial de Canarias

PaísEspaña

Fecha29/02/2024

Nro. de páginas281

Nro. de ediciones2996

Primera edición02/01/2012

Ultima edición11/06/2024

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