Boletín Oficial de Canarias del 19/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de Canarias

Boletín Oficial de Canarias núm. 36

5438

Lunes 19 de febrero de 2024

II. Autoridades y personal Nombramientos, situaciones e incidencias Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes 692

ORDEN de 7 de febrero de 2024, por la que se dispone el cese del Secretario accidental del Consejo Escolar de Canarias y se nombra Secretaria.

Vista la propuesta del Viceconsejero de Educación, de fecha 31 de enero de 2024, que consta en el expediente, y con base en los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- La Orden n.º 898/2023, de 28de noviembre, del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, acordó el nombramiento de D. David Coiduras León como Secretario accidental del Consejo Escolar de Canarias, hasta tanto se procediera a nombrar a la persona titular de la Secretaría.
Segundo.- Mediante escrito de fecha 15de enero de 2024, la Presidenta del Consejo Escolar de Canarias comunica el cese de D. David Coiduras León como Secretario accidental del Consejo Escolar de Canarias, y propone el nombramiento de Dña. Daura Afonso Medina como Secretaria de dicho órgano.
Tercero.- El Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General de Personal y Formación de Profesorado ha emitido informe de fecha 24de enero de 2024, al efecto de la acreditación de la condición de funcionaria de carrera de la Comunidad Autónoma de Canarias de la persona propuesta.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El artículo 5 de la Ley territorial 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares, establece que el Consejo Escolar de Canarias está integrado por el presidente, dos vicepresidentes, el secretario y los vocales.
Resultan de aplicación el artículo 12de la Ley 4/1987, de 7de abril, de Consejos Escolares, y los artículos 22 y 23 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias, aprobado por Decreto 36/2003, de 24de marzo, que disponen que el cargo de secretario corresponderá a un funcionario de carrera de la Comunidad Autónoma deCanarias, nombrado para tal función por la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, a propuesta del Presidente del Consejo Escolar de Canarias.
La funcionaria propuesta cumple los requisitos establecidos legalmente para su nombramiento al ostentar la condición de funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo.- Por su parte, el artículo 24.2 del Decreto 36/2003 dispone que el secretario será separado de su puesto por el Consejero competente en materia de educación, a propuesta del Presidente del Consejo.

https sede.gobiernodecanarias.org/boc
boc-a-2024-036-692

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Canarias del 19/2/2024

TítuloBoletín Oficial de Canarias

PaísEspaña

Fecha19/02/2024

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones2995

Primera edición02/01/2012

Ultima edición10/06/2024

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