Boletín Oficial de Canarias del 2/1/2024

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Fuente: Boletín Oficial de Canarias

Boletín Oficial de Canarias núm. 1

275

Martes 2 de enero de 2024

NORMATIVA DE APLICACIÓN
De conformidad con lo previsto en los artículos 103.1 del Reglamento de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace pública la Normativa de aplicación que ha resultado aprobada para el ámbito referido:
ESTUDIO DE DETALLE PARA LA REORDENACIÓN VOLUMÉTRICA Y FIJACIÓN DE
RASANTES DE TRES PARCELAS Parcelas Sur de la E-47 y Norte de la E-21 SITUADAS EN
CARRETERA DE CHILE, BARRIO DE LAS TORRES.

El Estudio de Detalle ED 01/2022 establece la reunificación de las tres parcelas en una única parcela resultante, cuya ordenación volumétrica es la siguiente:
- En relación a la posición, la edificación se retranquea 3 metros de la carretera de Chile lindero frontal situado a norte y oeste de la parcela, 6 metros de su lindero trasero situado al este, y se posiciona sobre su lindero sur adosándose a la edificación en medianera con la que colinda.
- La edificabilidad es la resultante de la suma de las edificabilidades de las tres parcelas que se agregan. La edificabilidad total es 9.454,79 m 8.332,79 m de edificabilidad residencial + 1.122 m de edificabilidad comercial.
- Con respecto a las alturas, para su medición se establecen tres planos de nivelación de planta baja a diferente cota + 64,80 m en la zona sur, +61,00 m en la zona intermedia, y +56,50 m en la zona norte, en adaptación a la rasante de la Carretera de Chile. Dichos planos fraccionan la edificación en tres piezas, coincidiendo con la superficie de las tres parcelas de origen, pero manteniendo la continuidad de forjados entre ellas.
La altura establecida es 5 plantas más ático en la zona sur, 6 plantas más ático en la zona intermedia y 7 plantas más ático en la zona norte, siendo la cubierta el mismo plano horizontal para toda la edificación.
- La cubierta se determina plana, transitable y ajardinada para uso comunitario.
- Diferenciación en la localización de usos: la edificabilidad comercial asignada se distribuye en plantas bajas en el frente hacia la Carretera de Chile, permitiendo en dichas plantas el uso residencial en el frente opuesto hacia el lindero este de la parcela. Ambos usos contarán con accesos totalmente diferenciados y en los muros de separación se garantizarán, a niveles constructivos, las condiciones adecuadas de aislamiento.
- En lo relativo al número máximo de viviendas, el proyecto de edificación deberá justificar que la sumatoria de superficie edificada de 14 viviendas en el conjunto del ámbito incluyendo sus partes proporcionales de zonas de comunes sea igual o superior a la superficie edificable permitida en la parcela regulada por la norma E-21, es decir 1.600,79 m.
- Vuelos: se permitirán cuerpos volados hacia la Carretera de Chile de 1 m de profundidad máxima. Podrán ser continuos, y situados a partir de la primera planta en algunos tramos de la edificación, y siempre respetando una altura mínima de 3,5 metros con respecto a la acera de dicha vía.

https sede.gobiernodecanarias.org/boc
boc-a-2024-001-22

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Canarias del 2/1/2024

TítuloBoletín Oficial de Canarias

PaísEspaña

Fecha02/01/2024

Nro. de páginas275

Nro. de ediciones2994

Primera edición02/01/2012

Ultima edición07/06/2024

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