Boletín Oficial de Bizkaia del 5/1/2022

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Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia

BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Miércoles, 05 de enero de 2022

Pág. 3

SECCIÓN I
ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA
Diputación Foral de Bizkaia Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales ORDEN FORAL 10700/2021 de 15 de diciembre de la diputada foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales, por la que se confiere acumulación temporal para el puesto de Secretaría del Ayuntamiento de Lezama. Corrección de errores.

Detectado un error en su publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia número 246, de 24 de diciembre de 2021, y de acuerdo con el artículo 17 del Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 97/2009, de 15 de junio, regulador del Boletín Oficial de Bizkaia, a continuación se publica de nuevo íntegramente.
ORDEN FORAL 10700/2021 de 15 de diciembre de la diputada foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales, por la que se confiere acumulación temporal para el puesto de Secretaría del Ayuntamiento de Lezama.

Antecedentes de hecho Por Decreto del Alcalde de Lezama de 25 de noviembre de 2021 se solicita al Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales la autorización a favor de doña Elena Robles Iruretagoiena, secretaria del Ayuntamiento de Derio, para la acumulación temporal del puesto de secretaría-intervención del Ayuntamiento de Lezama para los días 26 de noviembre de 2021 y 1 de diciembre de 2021. Se adjunta escrito de la Alcaldesa de Derio manifestando su conformidad con tal acumulación así como de la Sra. Robles.
Fundamentación Jurídica El artículo 50 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Dice así:
El órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva, en el ámbito de su territorio, podrá autorizar a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional que se encuentren ocupando un puesto de trabajo a ellos reservado, a desempeñar asimismo en otra Entidad Local las funciones reservadas a la misma u otra subescala o categoría, en los supuestos contemplados en el apartado 1 del artículo anterior y por el tiempo de su duración, cuando, previa solicitud del Alcalde o Presidente, no hubiese sido posible efectuar nombramiento provisional o comisión de servicios, imposibilidad que ha debido quedar lo suficientemente acreditada en el expediente.
Corresponde al Ministerio de Hacienda y Función Pública autorizar las acumulaciones cuando excedan del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma.
La acumulación se efectuará a petición de la Corporación Local, de acuerdo con el funcionario interesado y previo informe favorable de la Entidad Local en la que se halle destinado.
Por tanto, los requisitos para la acumulación de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional son:
1.Petición de la Corporación que se pretende acumular.
2.Conformidad del funcionario interesado.
3.Acuerdo de la entidad en donde éste se encuentre destinado.

cve: BOB-2022a003

Núm. 3

BOB

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Bizkaia del 5/1/2022

TítuloBoletín Oficial de Bizkaia

PaísEspaña

Fecha05/01/2022

Nro. de páginas157

Nro. de ediciones7604

Primera edición01/09/1993

Ultima edición06/06/2024

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