Boletín Oficial de Bizkaia del 25/11/2021

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Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia

BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Jueves, 25 de noviembre de 2021

Pág. 3

SECCIÓN I
ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA
Diputación Foral de Bizkaia Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad DECRETO FORAL 147/2021, de 23 de noviembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 196/2005, de 7 de diciembre, regulador de las condiciones de acceso y la concesión de ayudas económicas individuales para ingreso en Centros de Acogimiento de la Mujer.
I

Por Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 196/2005, de 7 de diciembre, se regulan las condiciones de acceso y la concesión de ayudas económicas individuales para ingreso en Centros de Acogimiento de la Mujer.
II

El citado decreto foral señala en su artículo 11 que el coste de la plaza será financiado por la Diputación Foral de Bizkaia atendiendo a los recursos económicos consignados, según se expresa en la Disposición Adicional Segunda, expresiva, para el ejercicio presupuestario que proceda, del límite de crédito y de la asignación presupuestaria concreta desde la que se deberá tramitar el abono de la ayuda.
Lo recogido en el párrafo transcrito, en concordancia con la Disposición Adicional Segunda del Decreto Foral 196/2005, no hace sino dar cumplimiento al artículo 8 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el Régimen Jurídico General de las Subvenciones otorgadas por la Administración Foral.
El mencionado artículo en su apartado 4 b establece que para el otorgamiento de una subvención debe existir crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de la subvención.
III

Lo recogido en los anteriores párrafos pone de manifiesto la procedencia de modificar el Decreto Foral 196/2005, en orden a actualizar para el año 2022 el límite de crédito y asignación presupuestaria, a cuyo cargo se harán efectivas las ayudas objeto del decreto foral IV

En relación a la competencia del órgano para la aprobación de la disposición, a tenor de los artículos 17.1.º 4 y 17.2.º de la Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero, sobre Elección, Organización, Régimen y Funcionamiento de las Instituciones Forales del Territorio Histórico de Bizkaia, ésta corresponde al Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia.
En su virtud, a iniciativa de la diputada foral del Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia,
cve: BOB-2021a227

Núm. 227

BOB

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Bizkaia del 25/11/2021

TítuloBoletín Oficial de Bizkaia

PaísEspaña

Fecha25/11/2021

Nro. de páginas105

Nro. de ediciones7603

Primera edición01/09/1993

Ultima edición15/05/2024

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