Boletín Oficial de Bizkaia del 25/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia

BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Miércoles, 25 de marzo de 2020

Pág. 25

SECCIÓN III
ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA DEL PAÍS VASCO
Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda Orden de 12 de marzo de 2020, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, por la que se acuerda extender la financiación cualificada establecida con carácter general para las áreas de rehabilitación integrada, al barrio de Arkotxa del municipio de Zaratamo en Bizkaia.

Antecedentes 1. Mediante escrito del Ayuntamiento de Zaratamo, se solicita la concesión de las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integrada al barrio de Arkotxa. Se adjunta la delimitación del ámbito, memoria descriptivo-justificativa, estudio socio-urbanístico, estudio económico-financiero y programa de actuación.
2. La delimitación del ámbito de actuación de dicha Área, que se concreta en el plano adjunto a la presente Orden, se ha obtenido de la documentación obrante en el expediente, del plano de delimitación aportado por el Ayuntamiento, del Plan General del municipio y de la visita de inspección ocular realizada a la zona por personal técnico adscrito a este órgano.
Fundamentos de derecho 1. El Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo previsto en el Decreto 77/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y estructural del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda y el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado.
2. Conforme señala la citada disposición adicional tercera del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado, el Consejero del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales podrá conceder, mediante Orden dictada al efecto, previo informe de la Dirección de Suelo y Urbanismo, las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integradas a aquellas Áreas definidas en el artículo 9.2 del citado Decreto, cuya gestión y ejecución no precise la redacción de Plan Especial de Rehabilitación.
3. Se cumplen en el presente supuesto el conjunto de las condiciones de degradación económico-social y urbanístico-arquitectónicas, establecidas en el citado artículo 9.2 del Decreto 317/2002, para considerar el barrio de Arkotxa de Zaratamo como Área Degradada, de conformidad con el Informe emitido con fecha 10 de marzo de 2020 y que obra en el expediente.
RESUELVO:

Primero: Autorizar la concesión de las ayudas financieras establecidas en el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, para las Áreas de Rehabilitación Integrada a las actuaciones de rehabilitación protegida que se realicen en el barrio de Arkotxa del municipio de Zaratamo.
Segundo: Notificar el contenido de la presente Orden al Ayuntamiento de Zaratamo y a la Diputación Foral de Bizkaia.
Tercero: Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Bizkaia.
Cuarto: Contra la presente Orden cabe interponer recurso de reposición ante el Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, en el plazo de un mes a
cve: BOB-2020a058

Núm. 58

BOB

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Bizkaia del 25/3/2020

TítuloBoletín Oficial de Bizkaia

PaísEspaña

Fecha25/03/2020

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones7603

Primera edición01/09/1993

Ultima edición15/05/2024

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