Boletín Oficial de Bizkaia del 21/3/2018

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Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia

BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Miércoles, 21 de marzo de 2018

Pág. 117

SECCIÓN V
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social número 12 de Valencia Expediente 339/2017

Don Lorenzo Navarro Lorente, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 12 de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue expediente número 339/2017, a instancias de Grupo Sindicatura, S.L.P., Francisco Oliverio Cuji Macas y Miguel Ángel Riaza Gallart, contra Sistema a Domicilio SD 2000, S.L., Fondo de Garantía Salarial y Antonio Martínez Manso, en reclamación por despido, en el que el día 23 de febrero de 18 se ha dictado resolución cuyo fallo dice:
Fallo: Que estimando como estimo las demandas de despido formuladas por Francisco Oliberio Cuji Macas, y Miguel Ángel Riaza Gallart, contra la empresa Sistema a Domicilio SD 2000, S.L., su administrador concursal Grupo Sindicatura, S.L.P., representada por Antonio Martínez Manso, y el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la nulidad del despido de los actores de fecha de efectos 28 de marzo de 2017, condenando a la empresa demandada, Sistema a Domicilio SD 2000, S.L., a readmitir a los demandantes Francisco Oliberio Cuji Macas y Miguel Ángel Riaza Gallart, en su puesto de trabajo en las mismas condiciones laborales que regían antes de su despido y, no siendo posible la readmisión, se declara extinguida la relación laboral con efectos del día 27 de septiembre de 2017, condenando a dicha empresa a abonar a Francisco Oliberio Cuji Macas, la cantidad a su favor de 3.662,13 euros de diferencia de indemnización, una vez deducida la cantidad abonada por el Fondo de Garantía Salarial de 15.351,00 euros, y 8.758,40 euros de salarios de tramitación 184 días y 47,60 euros día y a Miguel Ángel Riaza Gallart, la cantidad a su favor de 389,25 euros de diferencia de indemnización, una vez deducida la cantidad que le ha sido abonada por el Fondo de Garantía Salarial de 4.708,08 euros, y 4.275,09 euros de salarios de tramitación 184
días y 23,23 euros día. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial respecto de la condena de pago a los actores de indemnización y salarios de tramitación por la empresa demandada, sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria que le pueda corresponder. Asimismo se declara el derecho del Fondo de Garantía Salarial a subrogarse en la parte de la indemnización por despido y salarios abonada a los actores, en la cuantía de 15.351,00 euros de indemnización y 848,87 euros de salarios respecto de Francisco Oliberio Cuji Macas y 4.708,08 euros de indemnización por despido y 411,60 euros de salarios respecto de Miguel Ángel Riaza Gallart, con todas las consecuencias legales inherentes.
Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 190 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, anunciándolo ante la secretaría de este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander, oficina urbana Ciudad de la Justicia, sito en calle Poeta Josep Cervera y Grifol, número 12, entidad 0030, oficina 3305, teléfono 963 162 950/54, en la cuenta corriente número 4477000064, expediente número 339 y 340/2017 de este Juzgado, o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe; depositando
cve: BOB-2018a057

Núm. 57

BOB

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Bizkaia del 21/3/2018

TítuloBoletín Oficial de Bizkaia

PaísEspaña

Fecha21/03/2018

Nro. de páginas120

Nro. de ediciones7604

Primera edición01/09/1993

Ultima edición06/06/2024

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