Boletín Oficial de Aragón del 26/08/2019
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Fuente: Boletín Oficial de Aragón
Núm. 166
Boletín Oficial de Aragón
26/08/2019
II. Autoridades y Personal b Oposiciones y concursos DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2019, de la Directora General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se hace público el nombre de los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Superior de Administración, Administradores Superiores.
Concluidas las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Superior de Administración, Administradores Superiores, convocadas por Resolución de 6 de febrero de 2018, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, y vista la propuesta del Tribunal, por la presente Resolución se hace público el nombre de los aspirantes que han superado el proceso selectivo, con la puntuación acumulada:
DNI
Puntuación
Lebrero Domínguez, Paula
5488
54,30
Infanfe Faci, Sara
2022
53,87
Begue López, José
3185
50,04
Latorre Moreno, Beatriz
2284
48,40
Ruiz Martínez, Santiago
5985
47,65
Guerrero Whyte, Miguel
2438
46,30
Alegre Brun, Nuria
2689
46,00
Martín Aliende Leyre
7076
43,85
Mateo Mateo, Alberto
4807
40,85
Serrano Marín, Virginia
5536
40,45
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 10.1 de la convocatoria, se declara la apertura de un plazo de 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Aragón, para que los aspirantes aprobados en la oposición aporten ante el Instituto Aragonés de Administración Pública los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad exigidos en la convocatoria.
Si dentro del plazo señalado, y salvo los casos de fuerza mayor, no se presentara la documentación exigida, o del examen de la misma se dedujera que el aspirante carece de uno o varios de los requisitos señalados en la convocatoria, no podrá ser nombrado funcionario de carrera, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a él se refieren, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un 24384
csv: BOA20190826001
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