Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 1/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

QUINTO. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
Lo que se publica para conocimiento de todas aquellas personas o entidades que pudiesen estar interesadas, adjuntándose las bases reguladoras del Premio Ciudad de Ceuta de Medio Ambiente.
EL VICECONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE
Decreto de Presidencia 26/11/2012
ALFONSO CONEJO RODRÍGUEZ
VICECONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE
FECHA 25/10/2019

REGULACIÓN PREMIO CIUDAD DE CEUTA DE MEDIO AMBIENTE PREMIO ENCINA
La regulación de dicho premio fue aprobada por el Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta en sesión celebrada el día diecinueve de enero de dos mil uno 19.01.2001.
El mismo se entregará anualmente conforme a las normas que a continuación se citan:
BASE PRIMERA. OBJETO. El premio ENCINA tiene por objeto impulsar la conciencia ambiental de los ciudadanos mediante el reconocimiento de la labor meritoria realizada por personas o entidades que han destacado por su trayectoria en defensa de los valores ambientales en cuanto entorno físico y cultural.
BASE SEGUNDA. DOTACIÓN. El PREMIO ENCINA estará dotado con una placa conmemorativa y con la cantidad en metálico que se fijará en cada edición del premio, atendidas las disponibilidades presupuestarias. Redactado según modificación aprobada por Acuerdo Plenario de 1.3.2002.
BASE TERCERA. MENCIONES HONORÍFICAS. Podrán concederse menciones honoríficas que galardonen a personas o entidades que, no habiendo alcanzando el PREMIO ENCINA, han destacado en los trabajos y actividades que tal premio recompense.
BASE CUARTA. CANDIDATURAS.
PRIMERO. Podrán proponer candidaturas a este premio cualquier persona mediante instancia dirigida al Presidente de la Ciudad, acompañando una breve Memoria explicativa de las actividades en defensa de los valores ambientales por la que se considera que el candidato propuesto es merecedor del premio. En caso de que el candidato no coincida con el firmante de la solicitud se acompañará una declaración expresa del candidato propuesto o de su representante legal por la que acepta la nominación y, en su caso, el premio que se le conceda.
SEGUNDO. Los miembros del Tribunal seleccionador podrán, asimismo, proponer en cada caso la concesión del premio a personas o entidades que consideren con méritos suficientes para optar a su otorgamiento.
BASE QUINTA. TRIBUNAL SELECCIONADOR. El premio se fallará por un Tribunal seleccionador integrado por un número de miembros no inferior a tres ni superior a cinco, presididos por el Consejero con responsabilidad en materia de Medio Ambiente, que designará al resto, de entre personas de reconocido prestigio en las actividades objeto del galardón, de forma que quede garantizada al máximo la idoneidad, competencia e independencia de los miembros del Tribunal. Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, el de la Ciudad Autónoma.
BASE SEXTA. CONVOCATORIA.
PRIMERO. Determinado el Tribunal mediante resolución del órgano competente, se indicará en la misma el plazo para presentación de solicitudes por parte de los ciudadanos y entidades interesadas en el Premio.
SEGUNDO. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
BASE SÉPTIMA. PROCESO DE SELECCIÓN. El Tribunal seleccionador procederá en el plazo máximo de quince días hábiles a contar desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes, a realizar la selección de los candidatos premiados, elevando su propuesta al Presidente de la Ciudad.
BASE OCTAVA. ADJUDICACIÓN. El Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta emitirá resolución definitiva de adjudicación del Premio, se comunicará a los interesados y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
BASE NOVENA. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS. El importe del premio y los gastos derivados de su concesión se satisfarán con cargo a los créditos consignados para este fin en los presupuestos de la Consejería con responsabilidad en materia de Medio Ambiente.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 1/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha01/11/2019

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones6162

Primera edición19/11/1926

Ultima edición03/05/2024

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