Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 27/09/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

d Documentos justificativos del pago de las facturas de compraventa imputadas. Se considerarán válidos aquellos justificantes de pago que permitan identificar:

Al beneficiario, debe quedar claro que el único pagador es el destinatario último de la ayuda.

Al tercero que percibe las cantidades pagadas.

La fecha de pago fecha valor o salida efectiva de los fondos del destinatario último, que deberá ser posterior, en todo caso, a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.

Aquellos datos necesarios para identificar el punto de recarga objeto de la subvención.

e
Para el caso en que el destinatario último sea una persona física o jurídica privada, copia de contrato de suministro de los bienes y/o servicios objeto de ayuda, formalizado por la persona física o jurídica privada beneficiaria correspondiente.

f
Copia de certificado de ejecución de obra civil, expedido por técnico competente boletín de instalación emitido por técnico competente. Las actuaciones deberán aportar la documentación justificativa que acredite que cuentan con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas en el caso de que la actuación lo requiera.

g Certificación que acredite los datos bancarios para transferencia del importe de la ayuda. El destinatario último deberá ser titular del número de cuenta en el que se ingrese la ayuda.
TERCERO. - Notificar la presente resolución a las partes interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
CUARTO.- Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de potestativo de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo previsto en la Ley de 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la presente notificación, o cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa de su derecho.
Doy fe:
LA SECRETARIA, María Dolores Pastilla Gómez
LA CONSEJERA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE
Kissy Chandiramani Ramesh
o

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1.812

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 27/09/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha27/09/2019

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones6160

Primera edición19/11/1926

Ultima edición26/04/2024

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