Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 9/11/1999

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

Martes 9 de noviembre de 1999

B. O. C. CE. - 3.850

3.763
FUNDAMENTOS JURIDICOS

OTRAS DISPOSICIONES
Y ACUERDOS

Ley Orgánica 1/95 de 13 de mayo, de Estatuto de Autonomía para Ceuta EAC.
Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local LrBRL.
Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común LRJ-PAC.
Real Decreto 1398/93 de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora RPS.
Real Decreto 2.568/86 de 28 de noviembre que aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales ROF.
El Art. 30 EAC señala que "La Ciudad de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por lo establecido, con carácter general, por la legislación del Estado sobre Régimen Local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto".
El Art. 105.1 LRJ-PAC señala que "1. Las Administraciones Públicas podrán revocar en cualquier momento sus actos de gravamen o desfavorables siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, o sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico ".
El Art. 66 LRJ-PAC señala que "el órgano que declare la nulidad o anule las actuaciones dispondrá siempre la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción".
El Art. 10.2 párrafo 2º RPJ señala que "en el ámbito de la Administración Local son órganos competentes para la resolución los Alcaldes u otros órganos, cuando así esté previsto en las correspondientes normas de atribución de competencias".
El Art. 21.1 LrBRL, en conexión con el art. 15 EAC, señala que "el Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta, en todo caso, las siguientes atribuciones: n Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal dificultad esté atribuida a otros órganos".

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
3.760.- Desconociéndose el paradero de D. María Luisa Sala Ramos, a los efectos de notificar la Resolución dictada por el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de la Ciudad de Ceuta, por el concepto tributario del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación, sin haberse podido llevar a efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y el artículo 105 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, modificado por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, se le concede un plazo de diez días, a contar del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que comparezca en el Servicio de Gestión del I.P.S.I., sito en la C/.
Padilla 3, 2º planta, a los efectos de poder practicar la referida notificación.
Ceuta, a 4 de noviembre de 1999.- POR LOS SERVICIOS DE GESTION DEL I.P.S.I..- Fdo.: Christian Cabillas Martos.
3.761.- Advertido error en publicación nº 3.638 del B.O.C.CE nº 3.847 de fecha 29 de octubre, consistente en anuncio de declaración de vacante del puesto nº F-8 del Mercado Central, debiendo referirse no al F-8 sino al F-34. Por todo ello se publica lo siguiente:
Por Decreto de la Consejería de Salud Pública, Bienestar Social y Mercados de fecha 20-09-99, se declara vacante el puesto F-34 del Mercado Central. Por tanto, se abre un plazo de 15 días contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta para la presentación de solicitudes a dicho puesto, clasificado con la actividad de frutas y verduras, debiendo realizarse las mismas a través del Registro General de esta Entidad.
Caso de no recibirse ninguna solicitud en el plazo anteriormente señalado, se ampliará el mismo durante 15 días más, y así sucesivamente.
Ceuta, a 4 de noviembre de 1999.- EL VICECONSEJERO DE MERCADOS Y CEMENTERIOS.- Fdo.: José M.
Aguirre Rubio.

PARTE DISPOSITIVA

3.762.- Ante la imposibilidad de notificación a D.
Enrique Ramírez Muñoz, en relación con expediente sancionador del Mercado Central, es por lo que de conformidad con el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, se publica lo siguiente:
El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad, D. Antonio Sampietro Casarramona, con fecha 21-10-99, promulgó el siguiente Decreto:

1.- Modifíquese el nombramiento de instructor en el expediente sancionador de referencia, nombrando a D. Fco.
Javier Puerta Martí, Técnico de Admón. Gral. adscrito al área de Sanidad y Bienestar Social.
2.- Consérvese el resto de las actuaciones practicadas.
Lo que le comunico significándole que podrá promover recusación contra el instructor en cualquier momento del procedimiento, de conformidad con el art. 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo podrá proponer pruebas concretando los medios de los que pretenda valerse.
Ceuta, a 4 de noviembre de 1999.- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: Rafael Flores Mora.

ANTECEDENTES DE HECHO
1.- El 4 de diciembre de 1998 se incoó expediente sancionador a D. Enrique Ramírez Muñoz titular del puesto P-32 del Mercado Central por la presunta comisión de una falta grave consistente en la realización de obras en el interior del puesto sin autorización municipal.
2.- Distintos cambios producidos en el área de Sanidad hacen necesario la modificación del nombramiento de Instructor en dicho expediente.

3.763.- Ante la imposibilidad de notificación por esta Consejería a D. Ramón Gallardo Fernández, titular del puesto P-42 del Mercado Central, de acuerdo con lo dispuesto 1.999

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 9/11/1999

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha09/11/1999

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6172

Primera edición19/11/1926

Ultima edición07/06/2024

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