Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/3/2023 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

23.-

La Junta Rectora del Instituto Ceutí de Deportes, en convocatoria celebrada con fecha 16 de marzo de 2023, ACORDÓ:
Prestar conformidad y aprobación de la Convocatoria por la que se regula en régimen de concurrencia competitiva de concesión de Subvenciones por desplazamiento a Entidades Deportivas de la Ciudad Autónoma de Ceuta para el año 2023.
CONVOCATORIA POR LAS QUE SE REGULA EL RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR DESPLAZAMIENTOS DESTINADAS A ENTIDADES DEPORTIVAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA 2023.
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria, tienen por objeto fijar los criterios y procedimiento para conceder subvenciones a Entidades Deportivas, sin ánimo de lucro, de la Ciudad Autónoma de Ceuta, inscritas en el Registro General de Asociaciones Deportivas de la Ciudad de Ceuta, que realicen desplazamientos de equipos y/o deportistas individuales, dentro del territorio nacional para su participación en competiciones oficiales y regladas, y en función de las disponibilidades presupuestarias del I.C.D.
Se publicará el extracto de la presente convocatoria en el BOCCE, a través de la BDNS,de conformidad con el artículo 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los créditos de esta subvención vienen recogidos en la partida presupuestaria del presupuesto del Instituto Ceutí de Deportes para 2023 y por un importe total de 100.000€. Contemplándose la posibilidad de que dicho importe sea aumentado en años posteriores.
Dicho importe, será distribuido a partes iguales en los meses del año 2023.
El importe de la ayuda, en ningún caso, podrá ser superior al déficit que la actividad pueda producir al beneficiario. Asimismo, teniendo en cuenta que las subvenciones de carácter público no han de producir lucro, la obtención concurrente de otras subvenciones o ingresos para la actividad subvencionada determinará la reducción de la subvención concedida o la anulación de la misma.
Los gastos objeto de la convocatoria serán los siguientes puntos:

Puntos por billetes de barco por cada deportista desplazado, siempre que la entidadbeneficiaria no reciba ninguna subvención de las compañías navieras.

Puntos por kilómetros hasta la localidad de la prueba y regreso.

Puntos porparticipación en Campeonatos de España en categorias menores de 16 años.

Totalidad de puntos en participación enCampeonatos de España de menores de 16 años.

Traslado de vehículos siempre que sean imprescindibles para el transporte dematerial deportivo necesario para la practica deportiva.

Dicha puntuación, no podrá superar la valoración económica establecida en la Guia de Subvenciones de la Ciudad Autonoma de Ceuta, apartado 7.3. Dietas y gastos de viaje.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO
La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes bases, correspondiendo al I.C.D. la interpretación y desarrollo de las mismas en cuantas cuestiones pudieran plantearse y que no estuvieran específicamente previstas en las mismas.
Esta convocatoria se regirá por las Bases Reguladoras correspondientes a las Subvenciones de concurrencia competitiva por gastos de desplazamientos publicadas en el BOCCE extraordinario de 21 de enero de 2022, además de en las presentes bases, y en lo no esta-blecido, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad de Ceuta, aprobado el 23 de noviembre de 2.004.
3.- BENEFICIARIOS
Podrán solicitar estas subvenciones y tendrán derecho a ellas las entidades deportivas, legalmente constituidas, residentes en la Ciudad Autónoma de Ceuta, sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro General de Asociaciones Deportivas de la Ciudad Autónoma de Ceuta, que participen en competiciones oficiales o suficientemente regladas en territorio nacional.
Serán Beneficiarios de estas subvenciones, aquellos que cumplan con lo establecido en el articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/3/2023 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha24/03/2023

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones490

Primera edición31/03/2004

Ultima edición15/05/2024

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