Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 30/9/2022 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

98.-

ANUNCIO

El Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, en sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2022, ha aprobado inicialmente el segundo expediente de modificación presupuestaria.
En virtud de lo establecido en el art. 74 del Reglamento de la Asamblea, se expone al público el expediente nº 50509, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad, para que los interesados puedan presentar reclamaciones contra el mismo. En el mismo plazo, los Grupos Políticos con representación en la Asamblea podrán presentar las enmiendas que estimen convenientes.
Las reclamaciones y enmiendas deberán dirigirse al departamento de Intervención de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública, y presentarse en el Registro de Organismo Oficiales de la Ciudad de Ceuta, sito en la Palacio Autonómico; en las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El expediente propone una nueva regulación de la Base 29 conforme al siguiente tenor literal:
BASE 29. RÉGIMEN PERSONAL EVENTUAL
1.- El personal eventual y de confianza de la Ciudad estará sujeto, durante la vigencia de este Presupuesto, a las limitaciones y condiciones que en la presente base de ejecución se establecen, junto con otras que, en virtud de disposición legal o reglamentaria, resulten de aplicación.
2.- La dotación de medios personales que se proporciona a los grupos políticos de la Asamblea tiene efectos a partir de la constitución de cada uno de los grupos políticos y finaliza una vez disuelta la Asamblea y, por consiguiente, los grupos políticos que la habían constituido.
3.- Cada Grupo Político de la Asamblea tendrá derecho a designar, como personal de apoyo, un asesor.
4.- La Mesa Rectora, estará asistida por un asesor, designado por la Vicepresidenta Primera de la misma.
5.- El Consejo de Gobierno, es decir, la Presidencia de la Ciudad y las distintas Consejerías, estará apoyado y asistido por el personal eventual fijado en el apartado 6 b sin que, en ningún caso, se supere el máximo de 25 puestos de en su conjunto.
6.- Las remuneraciones y resto de condiciones laborales del personal eventual y de confianza serán las siguientes:
a.

5 asesores Grupos Políticos de la Asamblea, y 1 Asesor Vicepresidencia Primera, detallados en el siguiente cuadro:

Número
Cargo
Cod.

ASESOR/A GRUPO
5 POLITICO

Concepto
ASESOR/A
VICEPRESIDENCIA 1

TOTALES

Extra
1 Sueldo
669,30

663.20

4 Compl. Destino
390,85

390,85

10

Ind. Residencia
394,17

61

Compl. Específico
967,40

967,40

2.421,72

2.021,45

1 Sueldo
669,30

663,20

4 Compl. Destino
390,85

390,85

TOTALES

1

Total Mensual
10

Ind. Residencia
394,17

61

Compl. Específico
967,40

967,40

2.421,72

2.021,45

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

Total Anual
GR/CD

33.103,54

C2/16

33.103,54

C2/16

1.267

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 30/9/2022 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha30/09/2022

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones490

Primera edición31/03/2004

Ultima edición15/05/2024

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