Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 15/12/2021 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

143.-

ANUNCIO

Decreto del Consejero de Sanidad, Consumo y Gobernación por el que se subsana error material de transcripción del Decreto nº 12989, de 10 de Diciembre, por el que se establecen medidas sanitarias preventivas de COVID-19.
Por auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Sede en Sevilla en el procedimiento ordinario nº 886/2021 se ratifican las medidas sanitarias preventivas frente al COVID-19 del Decreto nº 12989, de 10 de Diciembre y se reproducen los informes técnicos que constan y en los que se ampara el Decreto 12989, de 10 de Diciembre, por el que se aprueban las nuevas medidas sanitarias preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En concreto el informe emitido por el Jefe de Servicio de Prevención y Promoción de la Salud, firmado el 10 de diciembre, dice literalmente:
.Así mismo, se recomienda esta medida de presentación de la misma documentación citada anteriormente para los mayores de 12 años certificado de vacunación, certificado de recuperación o certificado de prueba diagnóstica negativa, para el acceso al interior de los establecimientos de la hostelería y restauración restaurantes, bares, cafeterías ocio nocturno, así como para el acceso al interior de los establecimientos de juego que cuenten son servicios de hostelería y restauración ubicados en nuestra Ciudad. Se recomienda su presentación en los establecimientos de un aforo igual o mayor de 50 personas Queda incorporado al expediente informe jurídico, firmado el 14 de diciembre de 2021.

En base a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que habilita a las Administraciones Públicas a rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales y de conformidad con las atribuciones conferidas por Decreto de la Presidencia a la Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación, de fecha 8 de octubre de 2020 Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, de 13 de octubre de 2020 en materia de salud pública y vigilancia epidemiológica así como de Decreto de nombramiento de 12
de febrero de 2021, HE RESUELTO
Subsanar de oficio error material de transcripción en Decreto 12989, de 10 de Diciembre, en la Disposición vigésimo cuarta, apartado C.1 y C.2, en el siguiente sentido:
Donde dice:
C.1. Establecimientos de hostelería restaurantes, bares y cafeterías con aforo igual o superior a 50 comensales C.2.- Establecimientos de ocio nocturno discotecas, salas de baile, salas de fiestas con espectáculo, bares musicales, karaokes, y todos aquellos cuyo licencia de apertura no sea bar, cafetería o restaurante Debe decir:
C.1.-.- Establecimientos de hostelería restaurantes, bares y cafeterías con aforo igual o superior a 50 comensales, quedando excluidas las terrazas.
C.2.- Establecimientos de ocio nocturno discotecas, salas de baile, salas de fiestas con espectáculo, bares musicales, karaokes, y todos aquellos cuyo licencia de apertura no sea bar, cafetería o restaurante, con aforo igual o superior de 50 usuarios, quedando excluidas las terrazas.
Firmado digitalmente en Ceuta, en la fecha indicada.
ALBERTO RAMÓN GAITÁN RODRIGUEZ
CONSEJERO DE SANIDAD, CONSUMO
Y GOBERNACIÓN
FECHA 15/12/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1010

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 15/12/2021 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha15/12/2021

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones490

Primera edición31/03/2004

Ultima edición15/05/2024

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