Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 23/6/2020 - Extraordinario

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

13.- REVISIÓN DE LA RESOLUCIÓN
Toda alteración de las circunstancias que sirvieron de base para la concesión de la subvención regulada en la presente convocatoria y en todo caso la obtención concurrente de subvenciones o ayudas de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución, debiendo el I.C.D., retener o el interesado reintegrar las cantidades concedidas o percibidas en su caso.
Queda entendido que aquellas cantidades que percibiera la entidad posteriores a la presentación de la solicitud de subvención y que originaran una mayor financiación de la actividad, deberán proceder a reintegrar al I.C.D. el exceso de la subvención recibida.

14.- INCUMPLIMIENTO
Constituyen motivos de incumplimiento los siguientes:
a La aplicación de las subvenciones recibidas a una actividad distinta.
b La introducción de modificaciones sustanciales sin que las mismas hayan sido aceptadas por el I.C.D.
Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por esta convocatoria, y por la legislación vigente.

15.- DECLARACIÓN DE INCUMPLIMIENTO
La declaración de incumplimiento se efectuará mediante resolución de la Presidencia del I.C.D. y originará la incoación del correspondiente expediente de revocación de la subvención concedida y al reintegro de las cantidades abonadas a la tesorería del I.C.D., sin perjuicio de las demás acciones que procedan.

ENTRADA EN VIGOR
La presente convocatoria de subvenciones entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el B.O.C.CE.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas las bases y convocatorias aprobadas y publicadas con anterioridad a estas bases.

DISPOSICIÓN FINAL
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y en las formas establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

987

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 23/6/2020 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha23/06/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones490

Primera edición31/03/2004

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2020>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930