Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 20/7/2015 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

BASES PARA LA SELECCIÓN DE ADJUDICATARIOS PARA LA PROMOCIÓN DE 317 VP EN
REGIMEN DE ARRENDAMIENTO EN PARCELA B4 DEL PP LOMA COLMENAR DE CEUTA.-

En cumplimiento del acuerdo adoptado por la COMISIÓN LOCAL DE LA VIVIENDA, en sesión del pasado 10-Jul2015 las presentes bases regularán el proceso de selección de arrendatarios para las viviendas de los cupos de discapacitados, del programa de alojamientos alternativos de la Ciudad y del cupo general de inscritos en el registro de demandantes de vivienda. En todo lo no previsto en las presentes Bases será de aplicación la Ordenanza de adjudicación de viviendas BOCCE 4571 de 6 de Octubre de 2006.
Las viviendas han sido calificadas definitivamente como protegidas para arrendar en régimen especial a 25 años, con las especificaciones previstas al dorso de la calificación de 11-Dic-2014. Las viviendas tienen vinculados como anejos una garaje y un trastero.
BASE 1. REQUISITOS GENERALES.
Para acceder al uso de una vivienda protegida en arrendamiento, el solicitante habrá de encontrarse inscrito en el Registro público de demandantes de vivienda y presentar una solicitud de participación en el sorteo, según el modelo adjunto, donde hará constar las circunstancias siguientes:
- Ser español o acreditar la condición de residente en España - Estar inscrito en el Registro de Demandantes de Vivienda de la Ciudad de Ceuta con una antigedad mínima de tres meses art. 33 del Reglamente del Plan de Vivienda, BOCCE 4969 de 30 de julio de 2010.
- Ser mayor de edad - Acreditar unos ingresos familiares ponderados inferiores a 2,5 veces el IPREM
- Carecer de vivienda en propiedad, salvo necesidad de vivienda adaptada para discapacitados.
- Acreditar la residencia en Ceuta con un mínimo de 48 meses.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde la publicación de las Bases en el BOCCE 21 de julio/31 de julio. La solicitud estará disponible en la página Web de EMVICESA y deberá presentarse en el Registro de Sociedad sito en c/ Ingenieros s/n, Edificio Ceuta Center 2 planta, Ceuta, en horario de 9:00 a 13:00 y de 17:00 a 19:00 h deberá tenerse en cuenta que el sábado 25 de julio las oficinas de EMVICESA permanecerán abiertas al público en horario de mañana.
Finalizado el plazo de solicitudes, se hará pública una lista provisional de solicitantes aspirantes al sorteo en el Tablón de anuncios de EMVICESA y en la página Web. A partir del día siguiente a la publicación, se abrirá un plazo para alegaciones y reclamaciones de 10 días hábiles, las cuales serán informadas por la Ponencia Técnica designada por la Comisión Local de la Vivienda. Resueltas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva de solicitantes aspirantes al sorteo y de los excluidos, con indicación de la causa de la exclusión.
BASE 2. EXCLUSIONES.Serán causas de exclusión del proceso de selección,conforme a lo dispuesto en el art.5.3 de la Ordenanza, las siguientes:
a.- Acreditar ingresos superiores a los máximos ponderados establecidos en el cuadro anexo a estas bases.
b.- Haber sido titular o adjudicatario de otra vivienda de protección pública y la hubiera enajenado o renunciado a ella o de una vivienda libre y la hubiera vendido en el plazo de un año anterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo causa de cambio de residencia o aumento de familia.
c.- Haber sido desahuciado o expropiado por incumplimiento de la función social de la propiedad de una vivienda de protección pública.
d.- Ocupar una vivienda de protección pública sin tener título para ello.
e.- No estar empadronado en Ceuta con una antigedad de 48 meses anteriores a la presentación de la solicitud.
f.- Incurrir en falsedad u ocultación en la información facilitada.
g.- Las demás previstas en el art. 5.3 de la Ordenanza de adjudicación de viviendas.

BASE 3 CUPO DISCAPACITADOS
1- Las viviendas adaptadas para discapacitados motóricos se adjudicarán de la siguiente forma:
Los solicitantes/unidades familiares que tengan acreditada dicha discapacidad se ordenarán de mayor a menor según el grado reconocido, sumando el factor social. Dicha cifra total será la que determine el orden descendiente del cupo. En caso de empate, se aplicará el sorteo.
2 las viviendas reservadas para los discapacitados no motóricos se ordenarán igualmente de mayor a menor grado de minusvalía, resolviendo en caso de empate por sorteo.
El número de viviendas disponibles para discapacitados será el que reste una vez atendidos los realojos necesarios dentro de las Actuaciones Singulares acordadas por la Comisión Local de la Vivienda y determinadas por los servicios Sociales de la Ciudad.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 20/7/2015 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha20/07/2015

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones487

Primera edición31/03/2004

Ultima edición06/05/2024

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