Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 23/6/2015 - Extraordinario

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA
DISPOSICIONES GENERALES CIUDAD DE CEUTA

17-.

El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, D. Juan Jesús Vivas Lara, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta, ha resuelto dictar con esta fecha, el siguiente DECRETO
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Estatuto de Autonomía corresponde a la Ciudad de Ceuta, en los términos previstos en la citada norma, la competencia sobre la organización y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.
En aras a una mayor efectividad en el ejercicio de las competencias asignadas, haciendo uso de la facultad conferida en los artículos 14.2 del Estatuto de Autonomía de Ceuta, 11 y 12 del Reglamento de la Presidencia B.O.C.CE. extr. 16, de 7 de junio de 2001.
HE RESUELTO
Primero.- La Administr ación de la Ciudad Autónoma de Ceuta, tr as las elecciones a la Asamblea de Ceuta celebr adas el día 24 de mayo de 2015, se estructura en las siguientes ÁREAS DE GOBIERNO:
I.
Consejería de Educación y Cultura.
Le corresponde a la Consejería de Educación y Cultura el ejercicio de las competencias de la Ciudad Autónoma de Ceuta que incluye las siguientes materias y servicios:
1 Promoción y fomento de la cultura y la educación, protección y enriquecimiento del patrimonio cultural, histórico, arqueológico, etnológico, paleontológico, monumental, artístico y científico de la Ciudad, así como la adecuada utilización del ocio.
2 Archivos, bibliotecas y museos.
3 Patrimonio Cultural.
4 Actuaciones dirigidas a complementar los servicios que, en relación con la educación y formación, presta la Administración General del Estado a través de programas de educación vial, alfabetización, garantía social, educación cívica y fomento del conocimiento del acervo histórico ceutí.
5 Becas y ayudas al estudio.
6 Elaboración de propuestas relacionadas con el objetivo de aumentar la oferta de la educación universitaria en Ceuta y establecimiento de mecanismos de colaboración con la Administración General del Estado a efectos de mejorar el nivel de los servicios y equipamientos educativos en Ceuta.
7 Guarderías infantiles.
8 Conservación, mantenimiento y limpieza de colegios públicos.
9 Convenios con comunidades religiosas.
10 Organismo Autónomo Instituto de Estudios Ceutíes.
11Organismo Autónomo Patronato de Música.

12Organismo Autónomo Instituto de Idiomas.
13 Consorcio de Centro Asociado de la U.N.E.D.
14 Fundación Premio Convivencia.
II.
Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad.
Le corresponde a la Consejería de Medio Ambiente y Sostenibilidad el ejercicio de las competencias de la Ciudad Autónoma de Ceuta que incluye las siguientes materias y servicios:
1 En materia de medio ambiente le corresponde el ejercicio de las competencias siguientes:
aProtección del medio ambiente y conservación del patrimonio natural.

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

190

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 23/6/2015 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha23/06/2015

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones486

Primera edición31/03/2004

Ultima edición29/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2015>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930