Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 22/12/2023

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

quedaron registrados en audio y video de la Sala Virtual. IIIQue quien suscribe, conforme a los fundamentos expuestos oralmente durante la celebración de la referida audiencia, donde se analizó la procedencia de lo peticionado por las partes, en consecuencia, FALLO: I.- HACER LUGAR a la aplicación del procedimiento de juicio abreviado en la presente causa N P - P-58526/21 , respecto de - CASA
OROPEL, MARIA GABRIELA DEL VALLE , conforme al acuerdo arribado por las partes al celebrarse la presente audiencia. Arts. 359, 418, 419, 420 y concordantes del Código Procesal Penal. II.CONDENAR a - CASA OROPEL, MARIA GABRIELA DEL VALLE de otros datos filiatorios ya consignados en autos, a la pena de DOS 2 AÑOS SEIS 6 MESES de prisión de EJECUCIÓN
CONDICIONAL MULTA DE DOCE MIL QUINIENTOS PESOS $ 12.500 CINCO 5 AÑOS DE
INHABILITACIÓN ABSOLUTA E INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EJERCER COMO PERITO ART.
20 BIS CP e imposición de costas como autor penalmente responsable del delito de OMISIÓN DE LOS
DEBERES DEL OFICIO SIETE HECHOS Y FALSO INFORME CINCO HECHOS EN CONCURSO
REAL Art. 249, 275 y 55 del Código Penal , conforme arts. 5, 26, 29 inc. 3, 40 y 41 del Código Penal, así como 415, 557, 560 y concordantes del Código Procesal Penal, que se le atribuye en la presente causa Nº P-58526/21 . Imponer a - CASA OROPEL, MARIA GABRIELA DEL VALLE de otros datos filiatorios ya consignados en autos, conforme las previsiones del art. 27 bis del Código Penal por el término de DOS AÑOS, las siguientes reglas de conducta, bajo apercibimiento ley: a-Fijar y mantener domicilio, debiendo comunicar cualquier cambio o ausencia prolongada del mismo. bConcurrir al Tribunal cada vez que sea citado. c-Someterse al cuidado y control de la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN
DEL LIBERADO, sita en calle Agustín Álvarez N 68 de la Ciudad, Mendoza, ante quien deberá presentarse en forma TRIMESTRAL. d-Abstenerse de usar estupefacientes y/o abusar de bebidas alcohólicas. eNo cometer nuevos hechos delictivos, por el plazo de CUATRO AÑOS. Art. 27 CP. IIISOBRESEER a - CASA OROPEL, MARIA GABRIELA DEL VALLE -ESTEFAN CATTANEO LIONEL de demás datos consignados en autos, respecto del delito de EXPTE. P-60032/21: AMENAZAS
COACTIVAS AGRAVADAS POR SU ANONIMATO EN CONCURSO IDEAL CON AMENAZAS
COACTIVAS AGRAVADAS POR COMPELER A UNA PERSONA A HACER ABANDONO DE SU LUGAR
DE TRABAJO - ART. 149 TER, INC. 1, SEGUNDO SUPUESTO, 54 Y 149 TER, INC. 2, LETRA B, ÚLTIMO SUPUESTO DEL C.P. , que se le atribuye en la presente causa Nº P-60032/21 , ello de conformidad con lo preceptuado por el art. 351 y 353 inciso 5del CPP VIComuníquese al Registro Nacional de Reincidencia la presente resolución. VArchívese el expediente, oportunamente, conforme lo establece el art. 356 del C.P.P.. VI.- ORDENAR LA DEVOLUCION de los elementos secuestrado en los autos P 60032/21 VII.- REGULAR los honorarios profesionales del DR. Gabriel Da Silva por la labor desarrollada en autos en la suma de CINCO JUS a cargo de su defendido Arts. 557, 558, 560 y cctes.
del C.P.P. y Art. 10 Bis de la Ley n 9.131, debiendo notificarse con copia lo resuelto a la Caja Forense.
Téngase presente que los fundamentos de la resolución dictada fueron vertidos en forma oral, de conformidad a lo dispuesto por el art. 155 del CPP. SE HACE CONSTAR que las partes consienten la presente resolución y renuncian a los términos de ley. REGISTRESE. PROTOCOLICESE.
COMUNIQUESE DIGITALMENTE. Quedan las partes presentes notificadas.
S/Cargo 22-26/12/2023 2 Pub.

SR. JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE GESTION ASOCIADA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS, en los autos N 270.515 caratulados MONTES DANIELA NOEMI C/ RODRIGUEZ EMILIANO
ARMANDO P/ DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO, NOTIFICA al Sr. RODRIGUEZ
EMILIANO ARMANDO, D.N.I. 23.484.121, persona de ignorado domicilio, la siguiente resolución:
Mendoza, 24 de noviembre de 2023. VISTOS:RESULTA:CONSIDERANDO:RESUELVO: 1-Hacer lugar a la demanda promovida por DANIELA NOEMÍ MONTES contra EMILIANO ARMANDO
RODRÍGUEZ, en consecuencia, condenar a este último a pagar a la primera la suma de pesos DIEZ
MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL $10.315.000, con más los intereses previstos en los considerandos hasta el momento del efectivo pago, dentro del plazo de DIEZ DIAS de consentida y ejecutoriada que sea la presente. La sentencia se hace extensiva a RÍO URUGUAY COOPERATIVA DE
SEGUROS LTDA., en la medida de su cobertura. 2- Imponer las costas a la demandada vencida. 3-

Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 22 de Diciembre de 2023
Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Subsecretaria Legal y Técnica

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 22/12/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha22/12/2023

Nro. de páginas337

Nro. de ediciones1820

Primera edición20/01/2017

Ultima edición31/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2023>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31