Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 27/10/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

LIDERAR CIA GRAL DE SEGUROS SA, en la medida del seguro art. 118 LS actualizada a la fecha del efectivo pago. II.- Imponer las costas a la demandada, por resultar vencida arts. 35 y 36 inc. I del CPCCyT. III.- Regular los honorarios profesionales por lo que procede la demanda de los Dres. MARIA
ANTONIETA SANTONOCITO, MARIA CECILIA MUÑOZ, CECILIA REDONDO, SEBASTIÁN PANELLA, CARLOS FABRICIO ABARZUA y MARIA CRISTINA SAGARRAGA, en las sumas de PESOS
SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS $656.736, DOSCIENTOS
DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO $218.775, CINCUENTA Y CUATRO MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y UNO $54.591, CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y
UNO $54.591, TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL $383.000, TRESCIENTOS SEIS MIL
DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO $306.285; respectivamente, con más el IVA en caso de acreditación de la condición fiscal respectiva, y en consideración a la actuación efectivamente cumplida, sin perjuicio de los honorarios complementarios que pudiere corresponder Arts. 2, 3, 4, 13, y 31 de la Ley Arancelaria nro.9131. IV.- Regular los honorarios de los peritos RUBÉN CORNEJO, CAROLINA
FLORENCIA RINI, JUAN A. BARQUERO y DOMINGO R. DECIMO, en la suma de PESOS NOVENTA Y
DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 50/100 $92.353,50, a cada uno de ellos, con honorarios complementarios, aportes legales que pudieran corresponder e IVA en caso de acreditación de la condición fiscal respectiva, en atención a la actividad desplegada en el expediente, los usos y costumbres, y lo dispuesto por el art.184 del CPCCyT-ley 9001. REGISTRESE. NOTIFIQUESE
conforme Acordada N20.201 y cc. DRA. ROXANA ALAMOJUEZA.
Boleto N: ATM_7766300 Importe: $ 3240
19-24-27/10/2023 3 Pub.
TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA DE PAZPRIMERO. AUTOS N 11.839 FREGONESE LIGIA
LUCIA C/ BRESCIA FERNANDO JOSE - CORTEZ MAXIMILIANO Y FLORES ANGEL ALBERTO P/
DESALOJO CON CONTRATO DE ALQUILER, NOTIFICA a: MAXIMILIANO CORTEZ, DNI N
30.345.410 persona de ignorado domicilio los resolutivos de fs.14 que en su parte pertinente expresa:
Mendoza, 15 de Septiembre de 2021. VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda incoada, y en consecuencia condenar a FERNANDO JOSÉ BRESCIA, D.N.I. N 13.996.782, en calidad de locataria, para que en el término de QUINCE 15 DÍAS de notificada la presente, proceda a la total desocupación del inmueble ubicado en calle Castellanos n 999 de Dorrego, Guaymallén, Mendoza, debiendo entregarse el mismo libre de todo ocupante, bajo apercibimiento de procederse a su lanzamiento por intermedio de la Oficina de Medidas Judiciales, con allanamiento de domicilio y uso de la fuerza pública en caso de ser necesario art. 237 del CPCCT. II.- Hacer lugar a la demanda contra los codemandados fiadores Sres. MAXIMILIANO CORTEZ, D.N.I. N 30.345.410 y ANGEL ALBERTO
FLORES, D.N.I. N 16.011.643. III.- Imponer las costas a los accionados art. 35 y 36 del CPCCyT. IV.Regular los honorarios profesionales de los Dres. Daniel Avila y Federico Arévalo Reta, en la suma de PESOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA $60.480 y PESOS SESENTA MIL
CUATROCIENTOS OCHENTA $ 60.480, mas IVA en caso de corresponder e intereses hasta la fecha de su efectivo pago Art. 9 inc. E de Ley 9131. V.- Emplazar a la parte demandada y a los ocupantes del inmueble para que dentro del plazo de QUINCE 15 DÍAS ejerzan los derechos que estimen corresponder, pudiendo oponer defensas. En el mismo plazo deberán constituir domicilio legal y dirección electrónica BAJO APERCIBIMIENTO de tenerlos por REBELDE sin más trámite y considerarse firme la presente y continuar con su ejecución arts. 234, 237, 21,74 y 75 del C.P.C.C y T. Ley 9001. VI.- Cumpla el Oficial notificador con lo dispuesto en el art. 237, apart. II, inc. 4 del CPCCT, facultándose a tal efecto el auxilio de la fuerza pública en caso de ser necesario. VII.- Dar intervención a los Organismos locales de protección de derechos en caso de residir en el inmueble niños, niñas, adolescentes, personas con capacidad restringida o adultos mayores, siempre que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad, a fin de que disponga las medidas administrativas que estime corresponder. En tal caso, deberá darse intervención al Ministerio Público de la Defensa y Pupilar en los términos del art. 103 del CCCN. NOTIFÍQUESE a los accionados por cédula en los domicilios REALES constituidos con copia de la demanda y documental acompañada. MC Dra. ANA JULIA PONTE Juez. Y Fs. 53: Mendoza, 27 de Septiembre de 2023.AUTOS Y VISTOS RESUELVO: 1 Declarar que el SEÑOR MAXIMILIANO
CORTEZ, DNI N 30.345.410 es de ignorado domicilio.- 2 Notifíquese mediante edictos el traslado
BO-2023-08224367-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 27 de Octubre de 2023
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 108 de 141

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 27/10/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha27/10/2023

Nro. de páginas142

Nro. de ediciones1820

Primera edición20/01/2017

Ultima edición31/05/2024

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