Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 25/10/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

millones seiscientos trece mil quinientos treinta $6.613.530 en el plazo de DIEZ DIAS de quedar firme la presente con más los intereses indicados en los considerandos. II.- Hacer extensiva la condena a LA
SEGUNDA COOPERATIVA LTDA DE SEGUROS GENERALES , en la medida que se indica en los considerandos que preceden. III.- Imponer las costas a las demandadas y su citada por resultar vencidas.
IV.- Desestimar la demanda promovida por el Sr. SERGIO ADRIAN CARDENAS.- V.- Imponer las costas por el desistimiento de la demanda al actor vencido. VIRegular honorarios profesionales por lo que prospera la demanda de abogados, Dr. José Antonio Vega Seisdedos en la suma de pesos un millón doscientos cincuenta y tres mil noventa y dos $1.253.092, Procurador Jorge Becerra Giuliani en la suma de pesos setecientos cincuenta y un mil ochocientos cincuenta y cinco con 32/100 $ 751.855,32, Dra Claudia Avila en la suma de pesos doscientos cincuenta mil seiscientos dieciocho con 44/100
$250.618,44, Dr. Luis Manuel Roch en la suma de pesos quinientos veintiseis mil doscientos noventa y ocho con 72/100 $ 426.298,72 , Dr. Dario Jorge Zangrandi en la suma de pesos quinientos veintiseis mil doscientos noventa y coho con 72/100 $526.298,72, Dr. Angel Antonio Cossu en la suma de pesos quinientos veintiseis mil doscientos noventa y coho con 72/100 $526.298,72 en proporción a la labor efectivamente cumplida y sin perjuicio de los complementos que correspondan arts. 2,4, 31 Ley 9131
VIIRegular honorarios profesionales por lo que se rechaza la demanda de los abogados, Dr. Luis Manuel Roch en la suma de pesos ciento diecisiete mil $117.000, Dr. Dario Jorge Zangrandi en la suma de pesos.ciento diecisiete mil $117.000, Dr. Angel Antonio Cossu en la suma de pesos ciento diecisiete mil $117.000, Dr. José Antonio Vega Seisdedos en la suma de pesos ciento treinta y seis mil quinientos $136.500, Procurador Jorge Becerra Giuliani en la suma de pesos ochenta y un mil novecientos $81.900 Dra Claudia Avila en la suma de pesos veintisiete mil trescientos $27.300 arts. 2,4, 31 Ley 9131 VIII. Regular los honorarios de los peritos Ing. Mecánico Juan Barquero y Dr. Fernando Rubio, en las respectivas sumas de pesos quinientos un mil doscientos treinta y siete $ 501.237 a cada uno art.
184 ap. III CPCCyT NOTIFÍQUESE.- Fdo: Dra. Marai Violeta DERIMAIS.- JUEZ.---------------------------- A
fs. 144, se dictó la siguiente resolución: I.- Modificar los considerandos punto IV Intereses de los considerandos. en los términos que se transcriben de la siguiente forma: CONSIDERANDO.IV.Intereses: Teniendo en cuenta los rubros disminución funcional y daño moral como deudas de valor que son, han sido cuantificados a la fecha de la presente sentencia, considero que resulta ajustado disponer que, al capital de condena, aplicar hasta la fecha de la presente la tasa pura del 5% anual, y a partir de allí , el interés previsto en la ley 9041 hasta el efectivo pago. ver Excma. Cáma-ra Segundo de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas, de Paz y Tributario, causa N 250.248/53.037, caratulados:
ASTORRI ÁNGELA SUSANA C/ EM-PRESA MAI-PÚ S.R.L. TRANSPORTE DE PASAJEROS Y OTRO
p/ dyp.-.Respecto de los restantes rubros, como gastos médicos, se deberá aplicar, desde el día del hecho y hasta su efectivo pago la prevista por la ley 9041 IIModificar el punto I, punto VI y punto VIII de la parte resolutiva de la sentencia recaída a fs. 134 la que quedará redactada de la siguiente manera:
RESUELVO: IHacer lugar a la demanda promovida por MARIA OLGA CARDENAS, NÉLIDA BEATRIZ
ESCUDERO y GLADYS ESTER CARBAJAL y en consecuencia condenar a MARÍA LOURDES PONCE a abonar la suma de PESOS TRECE MILLONES TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS
$13.031.922 discriminados de la siguiente manera: a favor de María Olga Cardenas la suma de pesos cuatro millones setecientos ochenta mil ochocientos noventa y dos $ 4.780.892, a favor de la Sra.
Nélida Beatriz Escudero la suma de pesos un millón ciento treinta y siete mil quinientos $1.137.500 y a favor de la Sra. Gladys Ester Carbajal la suma de pesos siete millones ciento trece mil quinientos treinta $7.113.530 en el plazo de DIEZ DIAS de quedar firme la presente con más los intereses indicados en los considerandos. VI.- Regular honorarios profesionales por lo que prospera la demanda de abogados, Dr. José Antonio Vega Seisdedos en la suma de pesos un millón cuarenta y dos mil quinientos cincuenta y tres con 76/100 $1.042.553,76, Procurador Jorge Becerra Giuliani en la suma de pesos setecientos ochenta y un mil novecientos quince con 32/100 $ 781.915,32, Dra Claudia Avila en la suma de pesos doscientos sesenta mil seiscientos seiscientos treinta y ocho mil con 44/100 $260.638,44, Dr. Luis Manuel Roch en la suma de pesos quinientos cuarenta y siete mil trescientos cuarenta con 72/100
$547.340,72 , Dr. Dario Jorge Zangrandi en la suma de pesos quinientos cuarenta y siete mil trescientos cuarenta con 72/100 $547.340,72 , Dr. Angel Antonio Cossu en la suma de pesos quinientos cuarenta y siete mil trescientos cuarenta con 72/100 $547.340,72 en proporción a la labor efectivamente cumplida y sin perjuicio de los complementos que correspondan arts. 2,4, 31 Ley 9131. VIII. Regular los honorarios de los peritos Ing. Mecánico Juan Barquero y Dr. Fernando Rubio, en las respectivas sumas de pesos
BO-2023-08121499-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 25 de Octubre de 2023
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 85 de 126

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 25/10/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha25/10/2023

Nro. de páginas127

Nro. de ediciones1820

Primera edición20/01/2017

Ultima edición31/05/2024

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