Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 29/08/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

EX-2020-00296376-GDEMZA-MESAMEIYE interpuesto por FRANCISCO JULIO CARRERAS en su carácter de Presidente de la Empresa CARRERAS Y GUTIERREZ S.A., contra la Resolución Nº 1757
emitida por el Honorable Directorio del Instituto Provincial de la Vivienda en fecha 04 de diciembre del año 2019 Resolución Nº 1757-IPV-2019.
Artículo 2º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.
DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ
ARQ. MARIO SEBASTIÁN ISGRÓ
S/Cargo 29/08/2022 1 Pub.
Decreto N: 1377
MENDOZA, 10 DE AGOSTO DE 2022
Visto que por Expediente N EX-2022-05465993- GDEMZA-SSP tramita la ratificación de un Acta Acuerdo suscripta por la Subsecretaría de Coordinación Institucional de Energía de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, y la provincia de Mendoza; y CONSIDERANDO:
Que el Acta de referencia fue suscripta en fecha 20 de julio de 2022 entre la Subsecretaría de Coordinación Institucional de Energía de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, representada por el Señor Subsecretario, Doctor Guillermo Adolfo Usandivaras, y la provincia de Mendoza, representada por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Doctor Natalio Luis Mema Rodríguez.
Que el referido instrumento tiene por objeto la colaboración y cooperación entre las partes para la implementación de la segmentación de subsidios a los usuarios residenciales del servicio público de energía eléctrica de la provincia de Mendoza, establecida por el Artículo 1 del Decreto N 322/22 del Poder Ejecutivo Nacional.
Que, para ello, la Provincia se compromete a aportar la información que sea requerida por la Secretaría de Energía y/o la Subsecretaría de Planeamiento Energético; a difundir, facilitar y gestionar el procedimiento necesario para que los usuarios accedan al subsidio energético otorgado por el Estado Nacional; a colaborar con el aporte de información necesaria para el Registro de Acceso a Subsidios de Energía RASE y a colaborar con la implementación en su jurisdicción de las normas y procedimientos que dicte la Secretaría de Energía y/o la Subsecretaría de Planeamiento Energético de la Nación para la correcta ejecución de la segmentación de subsidios a los usuarios residenciales del servicio público de energía eléctrica.
Que la vigencia del acuerdo celebrado se pacta en dos 2 años a partir de su firma, prorrogables tácitamente por períodos iguales sucesivos, salvo que una de las partes comunique a la otra en forma fehaciente y con una anticipación no menor a treinta 30 días su voluntad de rescindirlo o resolverlo.
Que la Adenda suscripta se encuentra afectada por un vicio leve conforme al Artículo 77 Inciso b de la Ley N 9003, y resulta, por tanto, susceptible de saneamiento mediante ratificación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 78 de la mencionada ley.
Por ello, en virtud de lo antes expuesto, lo establecido por el Artículo 128 Incisos 1 y 7 de la Constitución de la Provincia de Mendoza y por el Artículo 3 Inciso 9 de la Ley N 9206, y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales y Fiscalización de la Secretaría de Servicios Públicos;

BO-2022-05985553-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 29 de Agosto de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 29/08/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha29/08/2022

Nro. de páginas150

Nro. de ediciones1825

Primera edición20/01/2017

Ultima edición07/06/2024

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