Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 03/02/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Que se encuentra vacante un cargo de Clase 013, Cód. 15-2-01-07, Unidad Organizativa 01, Carácter 2, Jurisdicción 08;
Que en orden 02 obran Título y Matrícula Profesional del Téc. en Farmacia y Laboratorio Agustín Ángel Bastías;
Que en orden 22 del expediente de referencia obra autorización del Sr. Gobernador, conforme al procedimiento dispuesto por el Decreto-Acuerdo Nº 3102/19;
Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por Asesoría Legal del Hospital Central, lo informado por la Subdirección de Personal y la conformidad de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 25
inc. a 26, 27 y 28 de la Ley Nº 9219 y Arts. 10, 11, 12, 13 y 28 del Decreto-Acuerdo Nº 544/20;
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º- Exceptúese el presente decreto del congelamiento de vacantes dispuesto por el Artículo 26 de la Ley Nº 9219 y Artículo 11 del Decreto-Acuerdo Nº 544/20.
Artículo 2º- Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente de la Administración Pública Provincial Suprímase la vacante y transfiérase al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión, a Dn. AGUSTÍN ÁNGEL BASTÍAS y su cargo de revista, según se indica en la Planilla Anexa que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 3º- El ajuste dispuesto por el Art. 2º del presente decreto no modifica el carácter de permanente, interino, licenciado, con retención del cargo o cualquier otra circunstancia en que se encuentre el agente en la actualidad.
Artículo 4º- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto será atendido con cargo a la siguiente partida: Presupuesto Año 2020.
CUENTA GENERAL: S96003 41101 000
UNIDAD DE GESTIÓN: S04144
Artículo 5º- El presente decreto será notificado a Contaduría General de la Provincia para su registro.
Artículo 6º- Lo dispuesto en el presente decreto tendrá vigencia a partir de la fecha de su dictado.
Artículo 7º- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ
FARM. ANA MARÍA NADAL
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en el siguiente link: Anexo o podrán ser consultados en la edición web del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza www.boletinoficial.mendoza.gov.ar S/Cargo
BO-2021-00680625-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 3 de Febrero de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 10 de 131

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 03/02/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha03/02/2021

Nro. de páginas132

Nro. de ediciones1820

Primera edición20/01/2017

Ultima edición31/05/2024

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