Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 29/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 42

Jueves, 29 de febrero de 2024

Página 4

Capítulo IX.Representantes de los trabajadores Artículo 48. Declaración de principios sindicales Capítulo X. Mejoras sociales Artículo 49. Complemento IT/AT o enfermedad profesional Artículo 50. Formación Artículo 51. Ayuda escolar Artículo 52. Complemento por discapacidad Artículo 53. Seguro médico Anexos Anexo I.
Anexo II.
Anexo III.
Anexo IV.
Anexo V.

Tabla de parentesco Tabla de salarios Tabla de horas extraordinarias Tabla de dietas y medias dietas Calendario laboral
CONVENIO COLECTIVO DE COMPAÑÍA GENERAL DE CANTERAS 2023-2025
CAPÍTULO I

Artículo 1. Ámbito territorial El presente convenio afecta a los centros de trabajo de Compañía General de Canteras, Sociedad Anónima, ubicados en la provincia de Málaga.
Artículo 2. Ámbito personal 1. La normativa de este convenio será de obligada y general observancia para la totalidad del personal integrado en la empresa en la provincia de Málaga y, también, a todo aquel que ingrese en la misma durante su vigencia.
2. Se excluye del ámbito del presente convenio el personal directivo y cuadros grupo 0.
Este personal es de libre designación por la empresa. Su relación laboral se regirá por su contrato de trabajo y, en todo caso, por la normativa especial que les resulte de aplicación.
Si un cargo directivo no ha sido contratado como tal, sino que accede a dicho cargo por promoción interna en la empresa, solamente estará excluido de la aplicación de este convenio mientras desempeñe dicho cargo y para las condiciones que deriven exclusivamente del mismo.
Artículo 3. Ámbito temporal Este convenio entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga. Por su parte, los efectos económicos del mismo surtirán efecto a partir de su firma. El presente convenio colectivo tendrá una duración de tres años, extendiéndose su vigencia desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Artículo 4. Prórroga El presente convenio se entenderá prorrogado por años naturales a partir de su expiración, de no mediar denuncia expresa por cualquiera de las partes con, al menos, un mes de antelación a la fecha de su vencimiento o cualquiera de sus prórrogas.
Artículo 5. Absorción y compensación Las condiciones pactadas son, en su conjunto, más favorables que las mínimas legales que al conjunto de trabajadores les corresponden, formando un todo orgánico e indivisible y que a los efectos de su aplicación práctica serán consideradas globalmente por ingresos anuales o rendimientos mínimos exigibles.

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Condiciones generales

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 29/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha29/02/2024

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones5547

Primera edición15/01/2001

Ultima edición02/06/2024

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