Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 26/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Lunes, 26 de febrero de 2024

Página 4

CC.OO
Andrés González Gato.
Francisco Fregenal Díaz.
Francisco J. Godínez Quintero.
Carlos Moya Arias.
FEMMA
Esther González Molina.
Carmen Rodríguez Rupérez.
Los asuntos del orden del día, son los que se mencionan a continuación:
Revisión e incremento salarial para los años 2023 y 2024
Conocido ya que el IPC real para el ejercicio 2023 ha sido del 3,1 %, se procede a activar la cláusula de revisión salarial del artículo 16, con el límite total establecido en ese 2,75 % para el año 2023.
Dichas tablas están revisadas por ambas partes y se unen a esta acta como anexo.
Se procede asimismo al incremento salarial para el ejercicio 2024 del 1,60 %, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 del Convenio Siderometalúrgico de la provincia de Málaga para los años 2019-2024 en los términos del acuerdo alcanzado ante el SERCLA el 8 de noviembre de 2022.
Esta revisión de las tablas del año 2023 y el incremento salarial del año 2024 se aplica a los siguientes artículos:
Artículo 15. Salario y artículo 16. Cláusula de revision salarial Año: 2023
Para el año 2023 se establece una revisión sobre tablas salariales y pluses vigentes, con carácter retroactivo desde el 1 de enero del 2023, del 1,15 %; con un incremento total para el año 2023 del 2,75 % anexo I Tabla Salarial.
Año: 2024
Para el año 2024 se establece un incremento salarial para todos los conceptos salariales del convenio del 1,60 % anexo II Tabla Salarial.
Artículo 19. Horas extraordinarias Año: 2023
Cuando el trabajador tenga que realizar más de 15 horas extraordinarias al mes en sábados, domingos o festivos, el exceso de dichas horas, será compensado con el mismo tiempo de descanso, dentro del mes siguiente, y con un incentivo de 43,88 euros por día o 5,49 euros por hora o fracción para el año 2023.
Año: 2024
Cuando el trabajador tenga que realizar más de 15 horas extraordinarias al mes en sábados, domingos o festivos, el exceso de dichas horas, será compensado con el mismo tiempo de descanso, dentro del mes siguiente, y con un incentivo de 44,58 euros por día o 5,58 euros por hora o fracción para el año 2024.
Artículo 20. Salidas, viajes y dietas Todos los trabajadores que por necesidades y orden de la empresa tengan que efectuar viajes o desplazamientos a poblaciones o puntos distintos de los que radique el centro de trabajo, disfrutarán además de su salario, de las siguientes percepciones:

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Número 40

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 26/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha26/02/2024

Nro. de páginas39

Nro. de ediciones5547

Primera edición15/01/2001

Ultima edición02/06/2024

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