Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/10/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 8 de octubre de 2021

Página 4

Dicha asistencia jurídica se hará efectiva por medio de letrado y procurador, en su caso, pudiendo utilizarse los servicios propios de los profesionales de que disponga la Corporación en su plantilla o concertarse por los servicios jurídicos del Ayuntamiento los servicios profesionales del derecho libre, cuando se carezca de los mismos.
El Ayuntamiento sufragará los honorarios que establece el baremo del Colegio de Abogados de Málaga.
d Concertación de seguros y colegiación necesaria El Ayuntamiento se compromete al abono de seguros profesionales, respecto de aquellos trabajadores que, como consecuencia del ejercicio de sus funciones, por autoridad administrativa o judicial, pueda exigírsele responsabilidad directa, actuándose contra su propio patrimonio.
El Ayuntamiento asume la colegiación de todos los trabajadores a los que se les obligue a estar colegiados para el ejercicio de sus funciones.
e Suspensión de privación de libertad En caso de detención de un empleado público incluidos en el ámbito de aplicación del presente convenio, por cualquier causa, no se considerarán sus ausencias al puesto de trabajo injustificadas, si con posterioridad resulta absuelto o es archivado el expediente sin sanción alguna, en cuyo caso, percibirá las retribuciones correspondientes como si hubiera estado trabajando, no teniendo derecho a las mismas en caso de ser condenado o considerado culpable.
f Retirada del permiso de conducir En caso de retirada del permiso de conducir a un trabajador que preste servicios como conductor, se ajustará el contenido del puesto de trabajo que viniera desempeñando, dentro del centro de trabajo, por el tiempo que se encuentre en dicha situación y con un máximo de seis meses, acomodándose, en estos casos, sus retribuciones al contenido del puesto que desempeña, no obstante la comisión de vigilancia tratará el caso para darle solución.
Una vez se recupere el permiso de conducir, se procederá a ajustar nuevamente el contenido de su puesto natural, siempre que la retirada del permiso no se produzca por manifiesta negligencia del conductor, consumo de alcohol, drogas, etc. En definitiva, aquellas causas que sean consecuencia de un hecho tipificado como delito delitos contra la seguridad vial. Artículos 379
al 384 del Código Penal.
g Gastos de renovación de permisos de conducir Los gastos producidos por la renovación de permisos de conducir vehículos de tracción mecánica serán abonados por el Ayuntamiento, siempre que estos sean necesarios para el desarrollo del puesto de trabajo, y que al menos de la jornada anual se destine a conducción. El Ayuntamiento no costeará cursos de reciclaje ni recuperación de puntos.
Artículo 5. Vinculación a la totalidad Las condiciones establecidas en el presente convenio, forman un todo orgánico e indivisible y serán consideradas globalmente para su aplicación práctica.
En el caso de que algún artículo, capítulo o anexo del mismo fuese declarado nulo o inaplicable, el resto del convenio mantendrá su vigencia y se aplicará en sus propios términos, debiendo reunirse la mesa de negociación del mismo en el plazo de un mes en orden a acordar la sustitución y/o adaptación de los preceptos anulados a las exigencias legales.
CAPÍTULO II

De la comisión de vigilancia, su composición y funciones Artículo 6. Comisión de vigilancia. Seguimiento Se creará una comisión de vigilancia que velará por el fiel cumplimiento, desarrollo e interpretación de las condiciones pactadas en el presente convenio colectivo.

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Número 193

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/10/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha09/10/2021

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones5545

Primera edición15/01/2001

Ultima edición26/05/2024

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