Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 13/3/2024 (Suplemento 1)

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Miércoles, 13 de marzo de 2024

Página 62

4. Requisitos generales de acceso y conceptos comunes 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas económicas previstas las personas que reúnan los siguientes requisitos:
a Tener la nacionalidad española o ser ciudadano de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea, así como los refugiados, asilados, apátridas, y extranjeros residentes o transeúntes en los términos previstos en el artículo 3 de la Ley 9/87, de 28 de abril, de Servicios Sociales.
bEstar empadronados y residir de forma efectiva en el municipio como mínimo por un periodo de 1 año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud.
c Que no cuenten con recursos económicos suficientes para afrontar el gasto de la ayuda solicitada. Se considerará que no dispone de tales recursos cuando la suma total de los ingresos de la unidad familiar no superen los baremos establecidos en cada una de las modalidades recogidas en las presentes bases, que toma como referente el indicador público de renta de efectos múltiples IPREM vigente.
d Cumplir los requisitos específicos establecidos para cada una de las modalidades de ayudas.
2. Se entiende por unidad familiar la persona o conjunto de personas que residan en una misma vivienda de forma habitual o permanente, unidos por vínculos de consanguinidad o afinidad o por cualquier otra relación que implique corresponsabilidad o dependencia económica entre sus miembros, de tal forma que consuman y/o compartan alimentos, gastos comunes de la vivienda u otros bienes con cargo a un mismo presupuesto.
3. Se entiende por familia monoparental/monomarental, aquella en la que un progenitor es responsable y convive en solitario con sus hijos e hijas menores o dependientes.
5. Documentación 1.Para solicitar cualquiera de las ayudas previstas será necesario aportar los siguientes documentos:
a Solicitud conforme a modelo oficial establecido para cada una de las ayudas, suscrita por el interesado o por quien ostente la representación legal, debidamente autenticada.
bAutorizaciones expresas del solicitante de la ayuda y de otros miembros que componen la unidad familiar mayores de 18 años, para recabar la información relativa según sea necesario para la tramitación de la/s ayuda/s que se solicite/n.
c Fotocopia del DNI/NIF en vigor del solicitante y miembros de la unidad familiar mayores de 16 años y, en su caso, el libro de familia correspondiente que acredite el vínculo o unión de todos los miembros de la unidad de convivencia.
d Justificante de los ingresos económicos de cada uno de los miembros de la unidad familiar: Declaración de renta o bien, en caso de no estar obligado certificado de imputaciones de la Agencia Tributaria.
e Certificado de empadronamiento colectivo.
f En cada una de las ayudas se establecerá la documentación específica que se deberá aportar para justificar la solicitud.
2. De forma excepcional, en situaciones de urgencia y gravedad debidamente acreditadas y justificadas, se podrá prescindir de alguno de los documentos establecidos, sin perjuicio de que con posterioridad sea requerido para completar el expediente.
3.Deberá obrar necesariamente en el expediente, junto a la solicitud y documentos exigidos, informe social conteniendo la oportuna valoración profesional efectuada por el técnico municipal sobre la procedencia o no de la ayuda solicitada. En las ayudas a emprendedores y ayudas a jóvenes para la obtención del carnet de conducir, será suficiente con un informe-propuesta.

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Número 51

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 13/3/2024 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha13/03/2024

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4116

Primera edición20/02/2001

Ultima edición26/05/2024

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