Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 29/9/2020 (Suplemento 1)

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 29 de septiembre de 2020

Página 69

4. Importe de las ayudas Se concederá una cantidad fija de 1.000 euros para aquellos jóvenes, de hasta 35 años, que sean titulares de una vivienda en Villanueva de Algaidas, con una antigedad de 20 años o más y que necesite de algún tipo de reforma, rehabilitación o adecuación.
Se concederá una única ayuda por vivienda que deberá solicitar el propietario/a de la misma.
En todo caso la concesión de las ayudas previstas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.
5. Requisitos generales de acceso Ser propietario de la vivienda a reformar o adecuar deberá aportar escrituras de propiedad.
Ser mayor de edad y no tener más de 35 años.
Residir y estar empadronado en Villanueva de Algaidas.
La vivienda tiene que tener 20 años de antigedad o más.
Tiene que presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con esta. No puede tener la consideración de infravivienda.
No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de Villanueva de Algaidas o, en su caso, presentar declaración responsable comprometiéndose a cumplir un plan de pagos.
Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Villanueva de Algaidas, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
6. Documentación 1. La solicitud normalizada deberá ser presentada por la persona interesada o su representante legal y acompañarse obligatoriamente de la siguiente documentación:
a Solicitud en modelo normalizado anexo I.
b Declaración responsable anexo II.
c DNI por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte, si lo indica.
d Justificación de la titularidad de la vivienda escritura, nota simple, etc..
e Justificación de la antigedad de la vivienda fin de obra, certificación catastral, escrituras.
f Documento bancario o similar que acredite el número y la titularidad de la cuenta corriente en donde efectuar el ingreso de la subvención. Se aceptará la presentación de cualquier documento recibo, copia de la libreta de ahorro, etc. que posibilite la identificación del número de cuenta y su titular.
gEn el caso de que el solicitante actúe con representante, se deberá aportar documento que acredite el apoderamiento correspondiente.
7. Solicitudes plazo de presentación 1. El modelo de solicitud normalizado para la obtención de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria estará disponible en la web municipal.
2.Las solicitudes, se presentarán por vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Villanueva de Algaidas o bien de manera presencial para los interesados que no dispongan de los medios tecnológicos necesarios pero siempre con cita previa.
3.El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
4. La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causas de inadmisión.

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Número 187

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 29/9/2020 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha29/09/2020

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones4120

Primera edición20/02/2001

Ultima edición09/06/2024

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