Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 28/9/2019 (Suplemento 1)

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 27 de septiembre de 2019

3. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
4. Asimismo, la titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por la misma. Además la titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios.
5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación.
6. El certificado de dirección de obra deberá incluir, en su caso, acreditación de la subsanación de los defectos incluidos en el boletín de revisión periódica.
7. En el caso de que la reforma consista en la modificación de un elemento de la instalación actualmente en servicio, y al objeto de garantizar el suministro de abonados existentes, bajo la responsabilidad del director facultativo, se autoriza la puesta en tensión de dicho elemento de la instalación durante quince días desde la fecha del descargo de la misma, mientras se tramita el acta de puesta en marcha definitiva. Para ello, previamente se deberá comunicar a esta Delegación del Gobierno la fecha de descargo.
8. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Hacienda, Industria y Energía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Málaga, a 3 de mayo de 2019.
La Delegada del Gobierno, Patricia Navarro Pérez.
6542/2019
D

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Número 185

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 28/9/2019 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha28/09/2019

Nro. de páginas49

Nro. de ediciones4112

Primera edición20/02/2001

Ultima edición12/05/2024

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