Boletin Judicial de Costa Rica del 26/6/2023

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Fuente: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 44 BOLETÍN JUDICIAL Nº 114

Lunes 26 de junio del 2023

años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N 23-000982-0165-FA. Nota: publíquese por única vez. De conformidad con la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 29 de mayo del 2023.Msc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza.1 vez.O. C. N 364-12-2021D.
Solicitud N 68-2017-JA. IN2023785246 .
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Adrián Mauricio Viales Navarro, mayor, Soltero/a, Lavaplatos del Hotel Riu Palace, cédula de identidad número 0504140249, vecinoa de Liberia, Barrio La Victoria frente al salón comunal, hijoa de Roxana María Navarro Mendoza y Tomas Viales Lara, nacido en Centro Liberia Guanacaste, el 05/01/1997, actualmente con 26
años de edad y Sheyla Stephanny Pizarro Rizo, mayor, soltero/a, Niñera, cédula de identidad número 0504230818, vecinoa de Liberia, Los Cerros, de la Imprenta Liberia cien este y veinticinco sur, hijoa de María Dunia Rizo Alonso Y Jorge Arturo Pizarro Navarrete, nacidoa en Centro Liberia Guanacaste, el 05/09/1998, con 24 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 23-0003310938-FA. Nota: De conformidad con la circular N 6709 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Publíquese por una única vez.Juzgado De Familia y Contra la Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste Familia, Liberia, 05 de junio del año 2023.Msc. Marcela González Solera, Jueza.1 vez.O.C. N 364-12-2021D.
Solicitud N 68-2017-JA. IN2023785249 .

Edictos en lo Penal
Marielos Brenes Barrantes, Fiscal Auxiliar de Cartago, hace saber: por requerirse en causa penal N 19-0003790345-PE, seguida contra Alejandro Antonio Rodríguez Rojas, por el delito homicidio culposo, en perjuicio de Pedro Ureña Romero, se solicita interponer sus buenos oficios con el fin de proceder a la publicación por edicto de la comunicación al la querellado Saúl Delgado Figueroa, pasaporte N G25686915, de la resolución en donde se pone en conocimiento traslado de la querella al ser las once horas tres minutos del veintiuno de abril de dos mil veintidós. conforme a los artículos 75
y siguientes del Código Procesal Penal, procédase a comunicar la presente a los querellados Alejandro Antonio Rodríguez Rojas y Compañía de Transportes de Cataluña S. A., representada por Saúl Delgado Figueroa, pasaporte N G25686915. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso incierto o inexistente.
Comuníquese. Publíquese una vez en el Boletín Judicial Importante: De conformidad con la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.Fiscalía Adjunta de Cartago.Licda. Marielos Brenes Barrantes, Fiscal Auxiliar.1 vez.O. C. N 364-122021D.Solicitud N 68-2017-JA. IN2023784262 .

Marielos Brenes Barrantes, Fiscal Auxiliar de Cartago, hace saber: por requerirse en causa penal N 19-0003790345-PE, seguida contra Alejandro Antonio Rodríguez Rojas, por el delito homicidio culposo, en perjuicio de Pedro Ureña Romero, se solicita interponer sus buenos oficios con el fin de proceder a la publicación por edicto de la comunicación al la querellado Saul Delgado Figueroa, pasaporte N G25686915
de la resolución en donde se pone en conocimiento traslado de la querella al ser las once horas tres minutos del veintiuno de abril de dos mil veintidós. conforme a los artículos 75 y siguientes del Código Procesal Penal, procédase a comunicar la presente a los querellados Alejandro Antonio Rodríguez Rojas y Compañía de Transportes de Cataluña S. A., representada por Saul Delgado Figueroa, pasaporte: G25686915. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso incierto o inexistente.
Comuníquese. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Importante: De conformidad con la circular N 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.Fiscalía Adjunta de Cartago.Licda. Marielos Brenes Barrantes, Fiscal Auxiliar.1 vez.O. C. N 364-122021D.Solicitud N 68-2017-JA. IN2023784281 .
Se ordena notificar por edicto. Traslado de acción civil demandado civil. Tal y como se desprende del legajo de Acción Civil Resarcitoria que se Invitó a se Invitó a dar traslado de acción civil resarcitoria a la demanda civil a Michael Vinicio Bonilla Ramírez, cédula de identidad 304170860, ubicable en Limón, Barrio Limoncito, Plaza Paniagua, del puente de la Plaza Paniagua a la derecha, primer callejón a la izquierda al fondo, casa de cemento sin pintar, únicos d, ante tales circunstancias y a efectos de poder continuar con las presentes diligencias se ordena comunicar por medio de edicto el traslado de la acción civil resarcitoria al demandado civil responsable planteada por el actor civil Brayner Antonio Mena Suárez mismo debe publicarse por una vez en el Boletín Judicial, la resolución que en lo conducente dice así: se da traslado de la acción civil resarcitoria. Causa establecida por Brayner Antonio Mena Suárez por el delito de lesiones graves, contra Michael Vinicio Bonilla Ramírez para que dentro del término de cinco días se pronuncie sobre la participación del actor civil y oponga las excepciones que correspondan.
Por estar ordenado en la sumaria 20-001373-0472-PE, por el delito de Lesiones Culposas Ley de Tránsito, en contra de Michael Vinicio Bonilla Ramírez en perjuicio de Brayner Antonio Mena Suarez. De conformidad con la circular N 6709 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación esta exenta de todo pago de derechos Comuníquese. Nota: De conformidad con la circular N 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22
de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, Materia Penal, al ser las catorce horas con ocho minutos del ocho de junio del dos mil veintitrés.Lic. Juan Gabriel Suárez Quirós, Fiscal Auxiliar Ministerio Público de Limón.1 vez.O.C. Nº 364-12-2021D.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2023785247 .
MAX FABIAN
CARRANZA ARCE
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Firmado digitalmente por MAX
FABIAN CARRANZA ARCE
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Fecha: 2023.06.23 15:04:53
-0600

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del 26/6/2023

TítuloBoletín Judicial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha26/06/2023

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones5055

Primera edición01/01/2003

Ultima edición23/10/2023

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