Boletin Judicial de Costa Rica del 28/7/2021

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Fuente: Boletín Judicial de Costa Rica

RICARDO
SALAS
ALVAREZ
FIRMA

AÑO CXXVII

La 28febrero de juliodel del2016
2021
LaUruca, Uruca,San SanJosé, José,Costa CostaRica, Rica,miércoles lunes 1 de
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR N 165-2021
ASUNTO:Obligatoriedad uso del módulo de pase a fallo, explicativo de uso y seguimiento a la información registrada en el reporte de pase a fallo y obligatoriedad de uso de la mejora de voto automático. A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
QUE ATIENDEN MATERIA DE TRABAJO
SE LES HACE SABER QUE:
Este Consejo Superior, en sesión número 49-2021 celebrada el 15 de junio de 2021, artículo XII, a solicitud de la Dirección de Planificación dispuso comunicar a todos los Despachos del país que atienden materia laboral, lo siguiente:
1. Comunicar a las oficinas competentes en materia de Trabajo que el uso del módulo de pase a fallo y la mejora de voto automático y los formatos machotes correspondientes es obligatorio. Toda resolución con voto lleva registro de resolución.
2. El consecutivo de los votos será solamente el que genere automáticamente el sistema. Todos los autos y sentencias de conformidad con la circular 17-2021 deben llevar voto.
3. Es responsabilidad y obligación de las oficinas mensualmente generar el reporte del módulo pase a fallo que ya se encuentra en funcionamiento y se ubica en la plataforma Sigma en el reporte denominado Informe de pase a fallo y corroborar que la información coindice con su registro manual de libro de pase a fallo en Excel.
Para ello se adjunta la ubicación y el manual de uso del reporte diseñado por la Dirección de Tecnología de la Información.
https secretariacorte.poderjudicial.go.cr/index.php/
documentos?download=5148:informe-de-pase-a-fallo 4. En caso de requerir capacitación adicional tanto en el módulo de pase a fallo como en el uso de la mejora de voto automático deben las oficinas coordinarlo directamente con la Dirección de Tecnología de la Información y solicitarla a través del reporte en GIS correspondiente.
5. La información que consta en el reporte del módulo de pase a fallo de Sigma depende de la alimentación en el sistema y uso correcto de la mejora 128-19 conforme a la capacitación que recibieron de parte de la Dirección de Tecnología de la Información.
6. La persona Juzgadora Coordinadora de cada despacho debe validar e informar dentro de los primeros cinco días del mes junto con el informe de inconsistencias; que la información del reporte del módulo de pase a fallo es consistente, es decir, que la información que se genera en el Sigma es idéntica a la que registran en el libro de pase a fallo de Excel y remitir la certificación que lo acredite al Subproceso de Estadística de la Dirección de Planificación al correo planiestadisticanp@poder-judicial.go.cr.
7. Cabe mencionar que la información se refleja en el reporte a partir de que la oficina haga uso del módulo de pase a fallo.
8.El procedimiento para inclusión de la información en el módulo de pase a fallo es el siguiente:
https secretariacorte.poderjudicial.go.cr/index.php/
documentos?download=5149:proceso-de-pase-a-fallo-de-

Firmado digitalmente por RICARDO SALAS
ALVAREZ FIRMA
Fecha: 2021.07.27
16:03:43 -0600

Nº 144 32 Páginas
los-expedientes-en-juzgados-de-trabajo-en-el-modulo-depase-a-fallo-en-escritorio-virtual-y-archivo-excel Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 16 de julio de 2021.

Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General interino 1 vez.O.C. N 364-12-2021.Solicitud N 68-2017-JA.
IN2021568219 .
CIRCULAR Nº 166-2021
ASUNTO: Aclaración de la circular N 152-2021 denominada Acceso a la justicia para las personas privadas de la libertad. Notificación de las resoluciones judiciales por parte de los Juzgados de Ejecución de la Pena del país.
A LOS JUZGADOS DE EJECUCIÓN DE LA PENA DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N 57-2021
celebrada el 8 de julio de 2021, artículo LXIV, acordó: Aclarar la circular N 152-2021 en el sentido de que directriz de acceso a la justicia para las personas privadas de libertad, notificación de las resoluciones judiciales por parte de los Juzgados de Ejecución de la Penal del país, fue realizada por la Dirección de la Defensa Pública y no por la Comisión de la Jurisdicción Penal. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 16 de julio de 2021.

Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez,
Secretario General Interino 1 vez.O.C. N 364-12-2021.Solicitud N 68-2017-JA.
IN2021568317 .
DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA
DEL PODER JUDICIAL
SEGUNDA PUBLICACIÓN

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del 28/7/2021

TítuloBoletín Judicial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha28/07/2021

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones5055

Primera edición01/01/2003

Ultima edición23/10/2023

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