Boletin Judicial de Costa Rica del 12/9/2019

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Fuente: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 2 BOLETÍN JUDICIAL Nº 172

Jueves 12 de setiembre del 2019

3. Al finalizar la inscripción, seleccionar en la sección adjuntar archivo. elegir examinar, debe buscar el archivo digital PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.

4. En la barra superior, presionar subir atestados.
5. Los documentos quedan agregados en forma automática en un buzón que será revisado por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.
6.Otra opción para subir atestados es la siguiente: una vez que se inscriba, puede realizarlo en GH-en línea ver punto 1 y 2 y seleccionar en la barra su consulta y en el menú elija Histórico de Ofertas, esto se visualiza de la siguiente manera:

Deberá seleccionar los concursos de carrera judicial, una vez que haya ingresado a la página, se posiciona en el botón de atestados:

IV.Condiciones del concurso:

Relación entre las personas participantes y el Poder Judicial:
La relación entre las personas participantes y el Poder Judicial es contractual, no laboral. Las personas que resulten escogidas que laboren para el Poder Judicial deberán tramitar un permiso sin goce de salario por el tiempo de duración del Programa.
Beneficios que le brinda el Programa:
Instrucción gratuita; entrega de materiales sin costo alguno;
acceso a bibliotecas de la institución y a aquellas pertenecientes a instituciones con las que se tenga convenio; utilización del laboratorio de cómputo y de todas las instalaciones y servicios destinados para la capacitación de las personas usuarias de la Escuela Judicial; entrega de un subsidio mensual por un monto de 500.000 colones durante los doce meses de duración del Programa.
Reconocimiento de dos puntos en Carrera Judicial por la aprobación del Programa FIAJ al igual que se realiza con el Programa de Formación General Básica de la Escuela Judicial.
Siempre que no tenga un posgrado universitario.
Compromisos de la persona participante:

Conocer y aceptar todas las condiciones del programa y firmar el contrato de formación.
Cumplir el calendario asignado: la fase teórico-práctica que inicia el 04 de mayo de 2020 y la práctica tutelada concluye el 03 de mayo de 2021.
Realizar el Programa con resultados óptimos según los criterios de evaluación formulados por la Escuela Judicial y aprobados por el Consejo de la Judicatura.
Aprobar cada uno de los módulos y talleres, asistir a las sesiones presenciales, a la práctica tutelada y a todas las actividades y visitas programadas.

Durante la ejecución del Programa de formación, no podrá realizar actividades de abogacía y/o notariado. No podrá aceptar nombramientos interinos o en propiedad dentro o fuera del Poder Judicial.
Durante los tres años siguientes a la aprobación del Programa, deberá estar disponible para laborar en el Poder Judicial en caso de ser nombrado o nombrada.
El incumplimiento de los deberes asumidos por la persona participante, según el Programa y el contrato, darán lugar a la rescisión unilateral y forzosa de la relación contractual. En tal caso, deberá devolver los subsidios recibidos, con intereses al tipo legal, y deberá pagar cualquier otro gasto generado a la institución.
En caso de no aprobar el Programa o de retiro injustificado, deberá pagar lo establecido en el punto anterior.
Rendir una garantía a satisfacción de la institución.
Suscribir una póliza de seguro estudiantil.
Los demás que determine la Escuela Judicial para lograr los objetivos del programa.
V.Criterios de selección:
La selección para el Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura se realizará por prelación de notas según la disponibilidad de cupos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 30 bis del Reglamento de Carrera Judicial, solo se podrá seleccionar personas aspirantes que obtengan nota igual o superior a 75
para el ingreso al Programa de acuerdo con la cantidad de cupos disponibles.
Las personas que ganen el examen y no queden seleccionadas para este programa, quedarán con el espacio reservado para la próxima promoción.
VI.De los componentes por valorar:
Examen: Las personas aspirantes deben someterse a una prueba escrita de conocimientos, con un valor de 50% de la nota final, y a ocho pruebas que valorarán competencias profesionales, con un valor de 50% de la nota final.
No se admitirá aspirantes que se presenten después de iniciada la prueba. Para realizar las evaluaciones se les entregará un sobre con la totalidad de las pruebas. Estas deberán ser realizadas y extraídas del sobre, una a la vez, en un tiempo determinado.
Asimismo, una vez finalizada debe ser colocada nuevamente en el sobre. El orden de las pruebas no debe ser alterado o mantener más de una, fuera del sobre. El incumplimiento de esta disposición será motivo de anulación de la prueba.
Las competencias profesionales por evaluar son las siguientes:
1. Capacidad cognitiva: capaz de identificar un problema y evaluar las causas profundas que lo provocan; busca soluciones eficientes y realistas mediante la identificación de información relevante; formula hipótesis; evalúa las consecuencias y programa las actividades requeridas para alcanzar un objetivo determinado con el fin de generar alternativas de solución, utilizando un enfoque sistemático.
2. Inteligencia integradora: capacidad mental para buscar e identificar información relevante, integrarla y organizarla en un cuerpo coherente de conocimientos para identificar y programar las actividades requeridas para alcanzar un objetivo determinado.
3. Creatividad: capacidad para generar con regularidad nuevos enfoques, aportes y respuestas con soluciones innovadoras y válidas a problemas y situaciones de la labor judicial, mediante combinaciones nuevas y apropiadas de elementos con diferentes perspectivas y paradigmas.
4. Comunicación escrita: habilidad para transmitir información, ideas y criterios a través de la escritura, aplicando la terminología adecuada y adaptándola a los procedimientos del sistema judicial, de manera que sea comprensible y unívoco, así como la habilidad para comprender los mensajes escritos y los documentos técnicos elaborados por otras personas que tengan relevancia para desempeñar su labor.

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del 12/9/2019

TítuloBoletín Judicial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha12/09/2019

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones5055

Primera edición01/01/2003

Ultima edición23/10/2023

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