Boletin Judicial de Costa Rica del 3/9/2019

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Fuente: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 2 BOLETÍN JUDICIAL Nº 165

Martes 3 de setiembre del 2019

Registro. De conformidad con el artículo 35.6 del Código Procesal Civil, se hace ver a la parte accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria contra la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión hasta antes de que esa parte procesal conteste esta denuncia; y para tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral 152 del Código Notarial, en su necesaria relación con el artículo 35 del Código Procesal Civil. Notifíquese. M.Sc. Francis Porras León, Juez. y Juzgado Notarial. A las once horas y dos minutos del veinticinco de junio de dos mil diecinueve. En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Héctor Ricardo Cisneros Quesada, cédula de identidad 0107140183, la resolución dictada a las diez horas y treinta y nueve minutos del quince de mayo de dos mil diecinueve que da curso al proceso, en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado folio 4, como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil folio 3; y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas folio 11, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se ordena notificar, que los hechos denunciados por Diego de Aguilar Fumero en fecha doce de abril del dos mil diecinueve son los siguientes: I. El 05 de junio de dos mil diecisiete, firmé ante el notario que denuncio la escritura número 141-14, donde mi persona le compré el vehículo placas BCX-024
a mi hermano Alejandro De Aaguilar Fumero. II. No recuerdo el monto que me cobró el notario por dicho trámite, y tampoco me dio factura. III. El problema ahora es que el vehículo aún se encuentra a nombre de mi hermano; y él está en proceso de divorcio donde la exesposa está solicitando el vehículo, sabiendo que desde hace mucho tiempo yo se los había comprado a ellos.
VI. Por esta razón, me urge que el notario denunciado me realice el trámite correspondiente y por el cual le pagué, ya que en cualquier momento me pueden quitar mi vehículo por no estar registralmente a nombre de la sociedad a la que pertenezco, D.A.C De Aguilar R.L. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte denunciada Héctor Ricardo Cisneros Quesada. Notifíquese.

M.Sc. Francis Porras León,
Juez.
1 vez.O. C. Nº.364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2019372614 .
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N 17-0001680627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Dagoberto Fallas Valverde, cédula de identidad N 1-0227-0798, este Juzgado mediante resolución N 2019-000234 de las dieciséis horas cero minutos del veinticuatro de abril del dos mil diecinueve folio 28 al 35 , dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 16 de julio del 2019.

Licda. Melania Suñol Ocampo
Jueza 1 vez.O. C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2019373788 .
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N 17-0008690627-NO, de Gilberto Quesada Ugalde contra Carlos Villanueva Maydana cédula de identidad N 1-0542-0463, este Juzgado mediante resolución N 2019-000233, de las doce horas y cincuenta y dos minutos del veinticuatro de abril del dos mil diecinueve folio 30 al 34, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá
vigente hasta que deposite la suma de cuarenta mil colones en la cuenta corriente de este Juzgado N 17-000869-0627-NO-7, y así lo acredite al Despacho. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.
San José, 16 de julio del 2019.

Licda. Melania Suñol Ocampo, Jueza 1 vez.O. C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2019373790 .

TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas del primero de octubre del año dos mil diecinueve, y con la base de cuatrocientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1 Computadora marca HP de escritorio, color negra, con monitor marca HP
compac LE1711, con serie número CNC202PL68 de 17 pulgadas con un CPU marca EQQUS. 2 Caja registradora marca Dynapos, modelo DYN-CD800G, serie número 800G14081539. 3 Caja registradora marca Dynapos, modelo DYN-CD800G, serie número 800G160300340. 4 Caja registradora marca Casio, modelo PCRT500, serie número EX291097459035. 5 Monitor marca AOC, modelo T8CJVY2QZ3E8NNFLG, serie número APXC89A002060.
6 Impresora de códigos, modelo GT820, serie número GT820130570-ODK. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del nueve de octubre del año dos mil diecinueve, con la base de trescientos quince mil colones exactos rebajada en un veinticinco por ciento y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del diecisiete de octubre del año dos mil diecinueve con la base de ciento cinco mil colones exactos un veinticinco por ciento de la base inicial. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Maylin Monestel Cruz contra Corporación Merco Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada. Exp: 17-0000391485-LA.Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela San Ramón Materia Laboral, 21 de agosto del año 2019.Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.1 vez.O. C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2019376897 .

Causahabientes Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Francisco Javier Cubero Jiménez, cédula de identidad 1-596-864 y falleció el 25 de mayo del 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N 19-0013570166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Francisco Javier Cubero Jiménez.Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 19 de julio del 2019.M.Sc. Ángela Garro Morales, Jueza.1 vez.O. C. Nº 364-12-2017.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2019372606 .
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de José Elías Polanco Cervantes, 0206520592, fallecido el 29 de mayo del 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N 19-000024-1508-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N 19-0000241508-LA, por a favor de José Elías Polanco Cervantes.Juzgado

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del 3/9/2019

TítuloBoletín Judicial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha03/09/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones5055

Primera edición01/01/2003

Ultima edición23/10/2023

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