Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 4/11/2019

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Fuente: Boletín Judicial de la Ciudad de México

408

Edictos
BOLETÍN JUDICIAL No. 190

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC/NTE/2020/2018
CARPETA JUDICIAL: 008/752/2018
EDICTO No. 1802
Sentenciados: JORGE ANTONIO CHINCOYA MENDOZA, ALDO ERNESTO OCHOA SERRANO o CERDÁN, AXEL JESÚS
ESPINOSA ROMERO, ALEJANDRO FIDEL ARCÍA CABALLERO
y GERARDO EMILIANO ORDAZ DEL MORAL.
Delito: CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE
NARCOMENUDEO COMERCIO-VENTA Y POSESIÓN
SIMPLE.
Le hago saber el contenido del auto de fecha 23 de octubre de 2019, emitido por el Licenciado Andrés Miranda González, Juez Penal Especializado en Ejecución de Sanciones Penales, con sede en Reclusorio Norte, derivado de la carpeta de ejecución al rubro citada, seguida en contra de los sentenciados JORGE ANTONIO
CHINCOYA MENDOZA, ALDO ERNESTO OCHOA SERRANO
o CERDÁN, AXEL JESÚS ESPINOSA ROMERO, ALEJANDRO
FIDEL ARCÍA CABALLERO y GERARDO EMILIANO ORDAZ
DEL MORAL, por la comisión del delito de CONTRA LA
SALUD EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO
comercio-venta y posesión simple, en el cual ORDENÓ
NOTIFICAR AL SENTENCIADO GERARDO EMILIANO
ORDAZ DEL MORAL, mismo que en lo conducente dice:
AUTO.- Ciudad de México, 23 de octubre de 2019.
Vista la cuenta que antecede, y en relación al primero de los oficios, se tiene al Licenciado J. Noé Gaspar Valle, Subdirector de Coordinación de Control y Seguimiento a Externados, Monitoreo Electrónico y Presentaciones Personales, informando que al sentenciado GERARDO
EMILIANO ORDAZ DEL MORAL, a quien se le concedió el sustitutivo de tratamiento en libertad realizó su trámite de alta el 28 de noviembre de 2018, contando con 08
presentaciones posteriores, teniendo inasistencias en los meses de marzo y mayo de 2019, siendo su última presentación el 28 de septiembre del año en curso. En consecuencia, y atendiendo al informe rendido por parte del Licenciado J. NOÉ GASPAR VALLE, Subdirector de la Coordinación de Control y Seguimiento a Externados, Monitoreo Electrónico y Prestaciones Personales de la Ciudad de México, se advierte que el sentenciado incumplió dos meses con el sustitutivo de la pena de prisión que le fue concedido; en consecuencia es claro que el enjuiciado GERARDO EMILIANO ORDAZ DEL
MORAL, no se encuentra dando cabal cumplimiento con el sustitutivo de tratamiento en libertad concedido, por tal motivo y en cumplimiento al párrafo primero del artículo 20 de nuestra Carta Magna, que dispone que todo proceso penal será adversarial y oral y se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, este juzgador en el ámbito de su competencia, tiene la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, por lo que deberá ser en audiencia pública en la que se resuelva lo relativo al incumplimiento del sustitutivo de la pena de prisión por tratamiento en libertad, que le fue concedido al sentenciado GERARDO EMILIANO ORDAZ DEL MORAL, por tanto, se señalan las 14:30 HORAS DEL DÍA 11 DE
NOVIEMBRE DE 2019, EN LA SALA DE AUDIENCIAS
017, ubicada en el edificio de Salas Orales, en calle Jaime Nunó número 205, colonia Cuautepec Barrio Bajo, delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07210, a efecto de que tenga verificativo la audiencia para revisión de sustitutivo, misma que será presidida por el Juez Penal Especializado en Ejecución de Sanciones Penales de la Ciudad de México, LICENCIADO ANDRÉS MIRANDA
GONZÁLEZ. Por lo anterior, de conformidad con el artículo 23 fracción I de la Ley Nacional de Ejecución Penal, se da vista al agente del Ministerio Público, a efecto de que en audiencia pública de revisión de sustitutivo penal señalada para el día antes precisado, ofrezca los medios de prueba que considere pertinente, precisando que por lo que hace a su admisión, exclusión e incorporación, se desarrollará sujetándose a las reglas que marca el
Lunes 4 de noviembre del 2019

Código Nacional de Procedimientos Penales de aplicación supletoria. Asimismo, y a efecto de no vulnerar el debido proceso y a fin de proteger la garantía de audiencia de las partes que intervienen en el presente procedimiento, se ordena hacer de su conocimiento el presente proveído a la Defensa y Sentenciado, a efecto de que en audiencia pública señalada con antelación, de considerarlo pertinente, ofrezcan los medios de prueba que a su derecho convenga, respecto a justificar las inasistencias que tuvo el sentenciado referido, en los meses de marzo y mayo del año en curso, precisando que por lo que hace a su admisión, exclusión e incorporación, se desarrollará sujetándose a las reglas que marca el Código Nacional de Procedimientos Penales de aplicación supletoria, de conformidad con el párrafo primero del artículo 20
de nuestra Carta Magna. En ese sentido y atendiendo a la fecha de audiencia señalada, en términos de los artículos 82, 83, 85, 90, 91 y 92 del Código Nacional de Procedimientos Penales, notifíquese el presente proveído que contiene la debida citación al Agente del Ministerio Público, a la Defensa, y al sentenciado GERARDO
EMILIANO ORDAZ DEL MORAL, a la celebración de la citada audiencia, quedando apercibidos los dos primeros, que para el caso de no comparecer el día y hora de la audiencia, se les impondrá una medida de apremio consistente en multa por el equivalente a 20 veces la unidad de medida actualizada vigente, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 fracción II inciso b del Código Nacional de Procedimientos Penales, procediendo a su remplazo, previa intervención de sus superiores jerárquicos. Asimismo, y por lo que hace a la notificación del sentenciado y a fin de agotar los medios que señala el numeral 82 del Código Nacional de Procedimientos Penales, envíese el oficio de estilo al Director General de Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, para que sea publicado el edicto en una sola publicación; de igual forma, notifíquese a través de los estrados de ésta Unidad.
Respecto al sentenciado de mérito, se le apercibe que, en caso de no comparecer a la audiencia referida, sin causa justificada, previa vista al Agente del Ministerio Público, se podrá revocar su libertad y ordenar su reaprehensión e internamiento en el centro de reclusión correspondiente, a efecto de que dé cumplimiento al resto de la pena que le falta por compurgar en internamiento en un Centro de Reclusión, de conformidad con los artículos 2 y 5 de la Ley Nacional de Ejecución Penal. ASÍ LO PROVEYÓ Y
FIRMA EL LICENCIADO ANDRÉS MIRANDA GONZÁLEZ, JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES, CON SEDE EN EL RECLUSORIO
NORTE.
Ciudad de México, 23 de octubre del 2019
EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES, CON SEDE EN RECLUSORIO NORTE.
LICENCIADO ANDRÉS MIRANDA GONZÁLEZ.
4 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/NTE/2020/2018 Of.
EJEC-NTE/65489/2019

SOLO CONSULTA
SOLO CONSULTA
SOLO CONSULTA

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC/NTE/1857/2019
CARPETA JUDICIAL: 008/0139/2019 Y SU
ACUMULADA 009/0385/2019
EDICTO No. 1803
Sentenciado: JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ.
Delito: CONTRA LA SALUD y ROBO CALIFICADO.
Le hago saber el contenido del auto de fecha 18 de octubre de 2019, emitido por el Licenciado Andrés Miranda González, Juez Penal Especializado en Ejecución de Sanciones Penales, con sede en Reclusorio Norte, derivado de la carpeta de ejecución al rubro citada, seguida en contra del sentenciado José Luis Hernández Rodríguez, por la comisión del delito de Contra la Salud y Robo Calificado, en el cual ORDENÓ NOTIFICAR AL SENTENCIADO JOSÉ LUIS
HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, mismo que en lo conducente dice: AUTO.- Ciudad de México, 18 de octubre de 2019.
Vista la cuenta que antecede, se tiene al Licenciado J.
Noé Gaspar Valle, Subdirector de Coordinación de Control

Acerca de esta edición

Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 4/11/2019

TítuloBoletín Judicial de la Ciudad de México

PaísMéxico

Fecha04/11/2019

Nro. de páginas408

Nro. de ediciones975

Primera edición01/09/2016

Ultima edición07/06/2022

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