Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 26/9/2019

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Fuente: Boletín Judicial de la Ciudad de México

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Edictos
BOLETÍN JUDICIAL No. 164

Barrio Bajo, Delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07210, a efecto de que intervenga en la audiencia para revisión de Beneficio de Suspensión Condicional de la Pena. De igual manera, infórmesele al justiciable que, se le apercibe que, en caso de no comparecer sin causa justificada, se podrá revocar su libertad y ordenar su reaprehensión, conforme al artículo 87 del Código Penal para esta Entidad.
Ciudad de México, 4 de septiembre de 2019
26 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/NTE/141/2017 Of.
S/N
UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC-NTE/1196/2018
EDICTO No. 1543
Sentenciado: LUIS ÁNGEL MENDOZA AGUILAR.
Delito: ROBO AGRAVADO CALIFICADO.
Le hago saber el contenido del auto de fecha 18 de septiembre de 2019, emitido por el Maestro en Derecho Juan Antonio Martínez Velázquez, Juez Penal Especializado en Ejecución de Sanciones Penales, derivado de la carpeta de ejecución al rubro citada, seguida en contra del sentenciado LUIS ÁNGEL MENDOZA
AGUILAR, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO
CALIFICADO, en el cual ORDENÓ NOTIFICAR EL SIGUIENTE
AUTO, mismo que en lo conducente dice: AUTO. - Ciudad de México, 18 de septiembre de 2019. Visto el contenido del oficio signado por el Licenciado J. NOÉ GASPAR VALLE, Coordinador de Control y Seguimiento a Externados, Monitoreo Electrónico y Presentaciones Mensuales de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario, de cuyo contenido se advierte que el sentenciado LUIS ÁNGEL MENDOZA AGUILAR, a quien le fue concedido el beneficio penal de suspensión condicional de la ejecución de la pena, no se presentó a su trámite de alta. Atento a lo anterior, toda vez que dicha información infiere el incumplimiento del sustitutivo concedido al sentenciado LUIS ÁNGEL MENDOZA
AGUILAR en términos del numeral 87 del Código Penal vigente;
en consecuencia, este Juzgador considera que deberá ser en audiencia pública en la que se ventile las manifestaciones de las partes técnicas y sentenciado, por tanto, se señalan las 12:30
HORAS DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DE 2019, EN LA SALA DE
AUDIENCIAS 015, ubicada en el edificio de Salas Orales, en calle Jaime Nunó número 205, colonia Cuautepec Barrio Bajo, delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07210, a efecto de que tenga verificativo la audiencia para revisión del sustitutivo penal de tratamiento en libertad, misma que será presidida por el Suscrito. En ese sentido y atendiendo a la fecha de audiencia señalada, en términos de los artículos 82, 83, 85, 90, 91 y 92
del Código Nacional de Procedimientos Penales, notifíquese el presente proveído que contiene la debida citación al Licenciado Jesús Alfonso Campos Torres, Agente del Ministerio Público;
a la Defensa Pública, Licenciado Ruyy Pérez Vargas, y al sentenciado LUIS ÁNGEL MENDOZA AGUILAR debiendo por cuanto hace a éste agotarse todos los medios que señala el numeral 82 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a la celebración de la citada audiencia, quedando apercibidas las partes procesales técnicas, que para el caso de no comparecer el día y hora de la audiencia, se les impondrá una medida de apremio consistente en multa por el equivalente a 20 veces la unidad de medida actualizada vigente, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 fracción II inciso b del Código Nacional de Procedimientos Penales, procediendo a su remplazo. Para lo anterior, envíese el oficio de estilo al Director General de Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, para que sea publicado el edicto en una sola publicación, a partir del día siguiente en que reciba el mismo. Así las cosas, se hace saber a la defensa y al sentenciado que, dentro de la audiencia señalada podrán realizar las manifestaciones que estimen pertinentes en cuanto a lo informado por la autoridad penitenciaria y de ser el caso justifiquen el incumplimiento al sustitutivo concedido.
Apercibido el sentenciado, que en caso de no presentarse el día y hora precisado sin causa justificada, previa petición del Ministerio Público, se librará orden de reaprehensión y se ordenará su reingreso a un Centro de Reclusión, para cumplir el resto de la pena que le falte por compurgar, lo anterior con fundamento al artículo 87 del Código Penal para el Distrito Federal, así como en términos del numeral 23 fracción I de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Por otra parte, respecto
Jueves 26 de septiembre del 2019

a las pruebas que oferten las partes, las mismas por cuanto hace a su admisión, exclusión e incorporación se desarrollará sujetándose a las reglas que marca el Código Nacional de Procedimientos Penales de aplicación supletoria.
26 Sin Costo CE: EJEC-NTE/1196/2018 OF. EJECNTE/57776/2019
UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN EJEC-NTE/2365/2017
CARPETA JUDICIAL 009/0895/2019
EDICTO No. 1544
Sentenciado: DAVID CARRANZA SOLÍS
Delito: Contra la salud en su modalidad de narcomenudeo hipótesis de comercio venta En cumplimiento a lo ordenado por el suscrito, en la audiencia inicial en etapa de ejecución, celebrada el 19 de septiembre de 2019, derivada de la carpeta de ejecución EJEC-NTE/2365/2017, relacionada con el sentenciado David Carranza Solís, respecto de la sentencia de fecha 7 de agosto de 2019, la cual causó firmeza el 21 de agosto de la misma anualidad, emitida en la carpeta judicial 009/0895/2019. Se hace del conocimiento, que respecto de la cantidad de $100.00 pesos, encontrados en poder del justiciable David Carranza Solís, se ordena su devolución a quien acredite su propiedad, ello en un término no mayor a 80 días naturales y en caso de no hacerlo, causará abandono a favor de los Fondos de Apoyo de Administración y Procuración de Justicia de esta Ciudad, en términos de lo establecido en el artículo 55 del Código Penal para el Distrito Federal, hoy Ciudad de México.
EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES CON SEDE EN EL RECLUSORIO
NORTE, EN TÉRMINOS DEL ACUERDO 05-22/2019
EMITIDO POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
MTRO. EN DERECHO JUAN ANTONIO MARTÍNEZ
VELÁZQUEZ.
26 Sin Costo CE: EJEC-NTE/2365/2019 Of. EJECNTE/57276

SOLO CONSULTA
SOLO CONSULTA

JUZGADO ÚNICO DE TRANSICIÓN EN MATERIA DE
JUSTICIA PARA ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE
MÉXICO
SECRETARÍA A
CAUSA No. 51/2018
EDICTO No. 16
AUTO.- En la Ciudad de México, a 24 veinticuatro de septiembre de 2019 dos mil diecinueve.:- el momento en que comenzaremos a contabilizar la prescripción del derecho de la persona que acreditara tener derecho a exigir la reparación del daño a la que fuera condenado el adolescente DEMIÁN SÁNCHEZ CHAVARRÍA o DAMIÁN
SÁNCHEZ CHAVARRÍA, será desde el día 13 trece de marzo de 2017 dos mil diecisiete, que fue la fecha en que fue debidamente notificada sobre su derecho a exigir ese concepto.- Por lo que hace a la temporalidad que es necesaria que transcurra para que el Estado pueda exigir el cumplimiento de la reparación del daño, de acuerdo al tercer párrafo del artículo 116, será en un tiempo igual al de la pena privativa de la libertad impuesta que, en este caso, fue de 02 DOS AÑOS, CINCO MESES, 22 VEINTIDÓS DÍAS
foja 73; por lo que, a la fecha del presente auto, conforme al cómputo realizado en las líneas que preceden esta temporalidad ha transcurrido en exceso; en consecuencia, se declara extinta la potestad de ejecutar la pena accesoria a la que fue condenado el adolescente aludido, respecto a la reparación del daño motivo de la conducta ilícita por la que fue considerado plenamente responsable; al haberse actualizado la PRESCRIPCIÓN; en ese sentido, se tiene por agotado el punto resolutivo SEGUNDO de la Ejecutoria que nos ocupa.EL SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO ÚNICO
DE TRANSICIÓN EN MATERIA DE JUSTICIA PARA
ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
LIC. DANIEL HERNÁNDEZ PERALTA.
25-26-27 Sin Costo Causa 51/2018 Of. 817

SOLO CONSULTA

Acerca de esta edición

Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 26/9/2019

TítuloBoletín Judicial de la Ciudad de México

PaísMéxico

Fecha26/09/2019

Nro. de páginas432

Nro. de ediciones975

Primera edición01/09/2016

Ultima edición07/06/2022

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