Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 18/9/2019

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Fuente: Boletín Judicial de la Ciudad de México

BOLETÍN JUDICIAL No. 158

Edictos
205, edificio de salas orales piso 2, colonia Cuautepec Barrio Bajo Delegación Gustavo A. Madero, en la Ciudad de México, LO QUE SE HACE SU CONOCIMIENTO, A EFECTO DE QUE
COMPAREZCA DE MANERA ANTICIPADA, apercibido que para el caso de no comparecer, previa vista al agente del Ministerio Público, se le podrá revocar su libertad que actualmente se encuentra gozando, ordenándose su reaprehensión, con fundamento en el artículo 102 último párrafo de la Ley Nacional de Ejecución Penal a efecto de que cumpla en prisión el resto de la pena que le falta por cumplir. Lo que le informo para los efectos legales a que haya lugar.
Ciudad de México, 4 de septiembre del 2019
EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES CON SEDE EN EL RECLUSORIO
NORTE
LIC. HUMBERTO IVÁN AYALA SUÁREZ.
18 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/NTE/2290/2019
Of. EJEC-NTE/54265/2019

Miércoles 18 de septiembre del 2019

la cual causó firmeza en fecha 26 de febrero de 2018, emitida en la carpeta judicial 009/1318/2017: Se hace del conocimiento del sentenciado Jesús Abraham Badillo Álvarez o Sebastián Méndez López, que ante su inasistencia, la audiencia de referencia fue diferida y para su continuación, SE FIJARON LAS 09:00 HORAS DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE
DEL AÑO 2019, EN LA SALA DE AUDIENCIAS 8, ubicada en Jaime Nunó, número 205, edificio de salas orales piso 2, colonia Cuautepec Barrio Bajo Delegación Gustavo A. Madero, en la Ciudad de México, lo que se hace del conocimiento del sentenciado en cita, A EFECTO DE QUE COMPAREZCA EL DÍA
Y HORA SEÑALADOS, de manera puntual, apercibido que para el caso de no comparecer a la audiencia programada, previa vista al agente del Ministerio Público, se le revocará el beneficio de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, del que se encuentra gozando, SE ORDENARA SU REAPREHENSIÓN y tendrá que cumplir el resto de la pena privativa en prisión Se aprecia una firma ilegible.
Ciudad de México, 12 de septiembre del 2019
EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES CON SEDE EN EL RECLUSORIO
NORTE
LIC. ANDRÉS MIRANDA GONZÁLEZ
18 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC-NTE/0280/2018
Of. EJEC-NTE/55838/2019

SOLO CONSULTA

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC-NTE/2229/2019
CARPETA JUDICIAL: 008/1577/2019
EDICTO No. 1483
Sentenciado: JOSÉ RAMÓN MORALES VARGAS
Delito: CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE
NARCOMENUDEO HIPÓTESIS DE COMERCIO VENTA.
En cumplimiento a lo ordenado por el suscrito, en la continuación de la audiencia en etapa de ejecución de sentencia, celebrada el día 12 de septiembre del año 2019, derivada de la carpeta de ejecución EJEC-NTE/2229/2019, relacionada con el sentenciado José Ramón Morales Vargas, por el delito de Contra la Salud en su Modalidad de Narcomenudeo hipótesis de comercio venta, respecto de la sentencia de fecha 2 de agosto de 2019, la cual causó firmeza en la misma fecha 2 de agosto de 2019, al haberse conformado las partes, emitida en la carpeta judicial 008/1577/2019: Se hace del conocimiento del sentenciado José Ramón Morales Vargas, que ante su inasistencia, la audiencia de referencia fue diferida y para su continuación, SE FIJARON LAS 10:00
HORAS DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019, EN LA
SALA DE AUDIENCIAS 8, ubicada en Jaime Nunó, número 205, edificio de salas orales piso 2, colonia Cuautepec Barrio Bajo Delegación Gustavo A. Madero, en la Ciudad de México, lo que se hace del conocimiento del sentenciado en cita, A EFECTO DE
QUE COMPAREZCA EL DÍA Y HORA SEÑALADOS, de manera puntual, apercibido que para el caso de no comparecer a la audiencia programada, previa vista al agente del Ministerio Público, se le revocará el beneficio de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, del que se encuentra gozando, SE
ORDENARA SU REAPREHENSIÓN y tendrá que cumplir el resto de la pena privativa en prisión Se aprecia una firma ilegible Ciudad de México, 12 de septiembre del 2019
EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES CON SEDE EN EL RECLUSORIO
NORTE
LIC. ANDRÉS MIRANDA GONZÁLEZ
18 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC-NTE/2229/2019
Of. EJEC-NTE/55837/2019

JUZGADO ÚNICO DE TRANSICIÓN EN MATERIA DE
JUSTICIA PARA ADOLESCENTES DE PROCESO ESCRITO
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
CAUSA No. 37/2018
EDICTO No. 14
EN EL JUZGADO ÚNICO DE TRANSICIÓN EN MATERIA DE
JUSTICIA PARA ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, SECRETARÍA A, EN LA CAUSA 37/2018, SE DICTÓ UN AUTO
PARA QUE SE PUBLICARA EL SIGUIENTE EDICTO QUE EN LO
CONDUCENTE DICE: AUTO.- En la Ciudad de México, a los 10
diez días del mes de septiembre de 2019 dos mil diecinueve.:
atendiendo a que el adolescente JOSÉ ALEJANDRO VARGAS
BARRUL o JOSÉ VARGAS BARRUL y su representante legal ROCÍO BARRUL BARRUL no comparecieron ante la autoridad que en su momento conocía de la etapa de ejecución, a pesar de las diversas diligencias que se realizaron para tal efecto, se pone de manifiesto que carecen de interés respecto de todo lo inherente a la presente causa, por lo que tomando en cuenta que desde el día 24 veinticuatro de agosto de 2016 dos mil dieciséis, el Juzgado Segundo de Ejecución de Medidas Sancionadoras en Transición de Justicia para Adolescentes, notificó a la Ciudadana ROCÍO BARRUL BARRUL, respecto a su citación y la de su representado ante esa sede jurisdiccional con la finalidad de que el aludido adolescente se pusiera a disposición de esa autoridad y diera cumplimiento a la sentencia definitiva dictada en su contra, coligiéndose que los antes mencionados eran sabedores que el billete de depósito V 736911 por la cantidad de $7,500.00 siete mil quinientos pesos por concepto de garantías procesales se encontraba a su disposición en ese Juzgado, puesto que en fecha 25 veinticinco de agosto de 2016 dos mil dieciséis, la Defensa Oficial se notificó de esa situación foja 229, sin que en algún momento solicitaran la devolución del mencionado billete, por lo que atendiendo a las fechas antes mencionadas, ha transcurrido en exceso el plazo concedido de 80 ochenta días naturales a que aludía el numeral 55 del Código Penal para el Distrito Federal por ello, de conformidad con el artículo 2
fracción II del Acuerdo General 36-04/2012 su derecho para requerir la devolución del billete de depósito V 736911 por la cantidad de $7,500.00 siete mil quinientos pesos, exhibido por concepto de obligaciones procesales foja 184, ha PRECLUIDO
y en vía de consecuencia dicho CERTIFICADO DE DEPÓSITO HA
CAUSADO ABANDONO a favor del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, por lo que mediante el oficio de estilo correspondiente, remítase el citado certificado de depósito al Oficial Mayor de este Honorable Tribunal.
LA SECRETARIA DE ACUERDOS ADSCRITA AL JUZGADO
ÚNICO DE TRANSICIÓN EN MATERIA DE JUSTICIA PARA
ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
LIC. NATALIA ALVARADO MATÍAS.
12-17-18 Sin Costo Causa 37/2018 Of. 774

SOLO CONSULTA
SOLO CONSULTA

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC/NTE/0280/2018
CARPETA JUDICIAL: 009/1318/2017
EDICTO No. 1484
Sentenciado: JESÚS ABRAHAM BADILLO ÁLVAREZ O
SEBASTIÁN MÉNDEZ LÓPEZ.
Delito: ROBO AGRAVADO
En cumplimiento a lo ordenado por el suscrito, en la audiencia de revisión del beneficio de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, celebrada el día 12 de septiembre del año 2019, derivada de la carpeta de ejecución EJEC-NTE/280/2018, relacionada con el sentenciado Jesús Abraham Badillo Álvarez o Sebastián Méndez López, por el delito de Robo Agravado, respecto de la sentencia de fecha 13 de febrero de 2018,
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Acerca de esta edición

Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 18/9/2019

TítuloBoletín Judicial de la Ciudad de México

PaísMéxico

Fecha18/09/2019

Nro. de páginas466

Nro. de ediciones975

Primera edición01/09/2016

Ultima edición07/06/2022

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