Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 06/02/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

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6 de Febrero de 2023

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 24

Para consultas relacionadas con este tipo de cuestiones, deberán contactar con el Teléfono de Atención Electrónica de la Sede Electrónica de Diputación 959.49.48.82.
Si vencido el plazo de justicación no se presenta la correspondiente cuenta justicativa o ésta fuera insuciente, se entenderá incumplida la obligación de justicar, con las consecuencias previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
La Diputación Provincial podrá comprobar los justicantes que estime oportunos y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, a cuyo n podrá requerir a la entidad beneciaria la remisión de los justicantes de gastos seleccionados.
Quinto.- Indicar a las personas jurídicas y entidades beneciarias que, según contempla la convocatoria en su apartado 18.1.d, los beneciarios deberán Insertar en todo tipo de publicidad o comunicación que se realice, sobre cualquier soporte o formato, el logotipo de la Diputación de Huelva y hacer constar que es una actividad subvencionada por la Diputación de Huelva.
Sexto.- Que por los Servicios Económicos de esta Diputación Provincial se prevea lo necesario en orden a la efectividad de la Resolución denitiva, con cargo a la aplicación presupuestaria 00007 23101 48000 Convocatoria General de Subvenciones para ONGDS del Presupuesto Provincial y número de operación de disponibilidad previa 920220002274.
Séptimo.- Ordenar la publicación de la Resolución Denitiva tanto en el Boletín Ocial de la Provincia como en el Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial así como en la BDNS, surtiendo éstas los efectos de noticación en los términos establecidos en la legislación del Procedimiento Administrativo Común.
El presente acto agota la vía administrativa. Para su impugnación sólo podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Tablón de Edictos de la Diputación Provincial de Huelva, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse el correspondiente recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, en cuyo caso no cabrá interponer recurso contenciosos administrativo, en tanto no recaiga resolución expresa o presunta, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 06/02/2023 a las 00:00:10
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 06/02/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha06/02/2023

Nro. de páginas62

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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