Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 19/03/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

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19 de Marzo de 2021

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 53

Asimismo, estarán los beneiciarios obligados a someterse a cualesquiera actuaciones de comprobación o investigación propuesta por el órgano concedente, tendente a veriicar la correcta aplicación de los fondos subvencionados 13.- COMPATIBILIAD
Estas ayudas serán incompatibles con otras ayudas y subvenciones que pudiera percibir el solicitante para la misma inalidad.
14.-ALTERACION DE LAS CONDICIONES
No se prevén circunstancias que como consecuencia de la alteración de las tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, puedan dar lugar a la modiicación de la resolución.
15.-JUSTIFICACION.
La justiicación de la subvención se acreditará mediante factura acreditativa del gasto, expedida a nombre del solicitante de la subvención, y justiicante del pago transferencia bancaria, ticket, recibí o cualquier otro documento acreditativo del abono de las cantidades o modelo cumplimentado del endoso a favor de la empresa de transporte, además deberá justiicarse la asistencia al centro mediante certiicado acreditativo expedido por el centro conforme a la base 12, que dice que la ayuda será motivo de suspensión o cese, cuando se deje de asistir al centro educativo sin justiicación, en un plazo superior a 5 días lectivos al mes No obstante, en caso de cesión de pago a favor de la empresa será suiciente con presentar la factura y el certiicado de asistencia. No se realizará ningún pago sin que se haya justiicado el anterior.
El plazo máximo de justiicación será tres meses desde la inalización del curso escolar.
16.- GRADUACIÓN DE LOS INCUMPLIMIENTOS.
El beneiciario deberá cumplir todos y cada uno de los objetivos propuestos y cumplir los compromisos asumidos. En otro caso, procederá el reintegro, total o parcial, atendiendo a los siguientes criterios:
Incumplimiento total de los objetivos: 100%
17.- RECURSOS
Contra la resolución que ponga in al expediente de la subvención podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notiicación o alternativamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional competente.
18.- MEDIO DE NOTIFICACION O PUBLICACION .
Conforme al art. 45.1.b de la Ley39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos administrativos integrantes de este procedimiento de concurrencia competitiva serán objeto de publicación en el Tablón Digital de Edictos del Ayuntamiento de Moguer y en la página web del Ayuntamiento de Moguer, www.aytomoguer.es, Al practicar las publicaciones se realizará un aviso de carácter únicamente informativo a las personas incluidas en la correspondiente publicación. Este aviso se enviará a la dirección de correo electrónico facilitada por el interesado en su solicitud.
19.- LEGISLACIÓN SUPLETORIA.
Para todo aquello no previsto expresamente en las presentes bases se aplicará, la base nº 26 de las de ejecución del presupuesto, correspondiente al ejercicio en curso, la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y su normativa de desarrollo.
MOGUER a 15 de marzo de 2021.- EL ALCALDE

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 19/03/2021 a las 00:00:16
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 19/03/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha19/03/2021

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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