Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/03/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

2074

15 de Marzo de 2021

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 49

JUZGADO DE LO SOCIAL
HUELVA
NÚMERO TRES
EDICTO
a
D/D MARÍA DEL CARMEN BELLÓN ZURITA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE HUELVA
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 148/2019 a instancia de la parte actora D/Da. EKATERINA PITENEVA contra MIGUEL CAMPAÑA GONZÁLEZ
sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado SENTENCIA de fecha 10/11/20, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por DOÑA EKATERINA PITENEVA
contra DON MIGUEL CAMPAÑA GONZÁLEZ, debo condenar y condeno al empresario demandado a abonar a la actora la suma de ciento cincuenta y cinco euros y veintiún céntimos 155,21 €.
Más el 10% de interés por mora desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación 07.12.2008 hasta la de la presente Sentencia.
Notifíquese esta Sentencia a las partes y advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de CINCO DIAS hábiles siguientes a tal noticación, por escrito, o comparecencia, o mediante simple manifestación al noticarle la presente, ante este Juzgado de lo Social.
También se advierte a la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del benecio de justicia gratuita que si recurre deberá acreditar al anunciar el Recurso el ingreso del importe de su condena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado, bajo el n. 1932000036014819, en la ocina del Banco Santander Calle Marina n 2 de esta Ciudad, mediante la presentación en la Secretaría del oportuno resguardo, pudiendo sustituirse dicha consignación por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, en cuyo caso deberá aportar el documento de aseguramiento. Y al interponer el Recurso, demostrará el ingreso de 300,00 euros en dicha cuenta, mediante entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría de este Juzgado de lo Social.
Adviértaseles asimismo que, de no noticárseles la interposición de recurso por parte de alguna de ellas, se procederá sin más trámite, y una vez transcurrido el anterior plazo, al archivo de actuaciones.
Así, por ésta mi Sentencia, denitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y rmo.
Y para que sirva de noticación al demandado MIGUEL CAMPAÑA GONZALEZ actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA
PROVINCIA DE HUELVA Y TABLÓN DE ANUNCIOS DE ESTE JUZGADO, con la advertencia de que las siguientes noticaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a veintitrés de febrero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 15/03/2021 a las 00:00:07
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/03/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha15/03/2021

Nro. de páginas70

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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