Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 25/01/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

498

25 de Enero de 2021

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 15

EDICTO
a
D/D MANUELA MONTEMAYOR GARRIDO SANTOS, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE HUELVA
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1064/2019 a instancia de la parte actora D/Da. MARIA ANTONIA RECALDE PEON contra INSS, CONTROLA
LIDER SIGLO XXI S.L.U. y MUTUA MAZ sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado RESOLUCION de fecha 27/01/2020 del tenor literal siguiente:
DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia D/Da MANUELA MONTEMAYOR GARRIDO SANTOS
En HUELVA a veintisiete de enero de dos mil veinte ANTECEDENTES DE HECHO
a
PRIMERO.- D/D MARIA ANTONIA RECALDE PEON presenta demanda contra INSS, CONTROLA
LIDER SIGLO XXI S.L.U. y MUTUA MAZ en materia de Seguridad Social.
SEGUNDO.- La demanda ha sido turnada a este Juzgado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en los Art. 82.1 y 139 de la L.R.J.S., procede su admisión y señalamiento por el/la Secretario/a Judicial.
SEGUNDO.- Tratándose de un proceso de Seguridad Social procede reclamar de la Entidad Gestora la remisión del expediente original o copia del mismo dentro del plazo de 10 días Art. 143
de la L.R.J.S.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO:
- Admitir esta demanda presentada en materia de Seguridad Social.
- Señalar el próximo 11 DE NOVIEMBRE DE 2021, A LAS 08:40 HORAS para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en C/ VAZQUEZ LOPEZ, 19, 1a PLANTA..
- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que deberán concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así mismo se advierte a las partes que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de juicio, podrá el Juez tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.
- Dar cuenta a S.S del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC.
- Que se remita por la Entidad Gestora o Servicio común que corresponda el expediente original o copia del mismo o de las actuaciones, y en su caso, informa de los antecedentes que posea en relación con el contenido de la demanda, en el plazo de diez días Art. 143 L.R.J.S.
- Poner en conocimiento de la empresa demandada en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba de su interrogatorio en la persona de su representante legal, y que en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales, y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración. Art. 91,2 y 91,4 L.R.J.S.
- Poner en conocimiento de la empresa demandada en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba documental a la que queda requerido, y que en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, si los mencionados documentos no se aportan en ese momento sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la prueba acordada.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 25/01/2021 a las 00:00:09
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 25/01/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha25/01/2021

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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