Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 29/07/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

3576

29 de Julio de 2020

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 121

c Tener sede social, delegación social o representante permanente en la provincia de Huelva, desde al menos 1 año antes de la fecha de publicación de esta convocatoria.
d Tener impacto con sus actuaciones, proyectos y actividades en los municipios de la provincia de Huelva.
e Tener una presencia activa demostrable en la provincia de Huelva en relación con el fomento de las adopciones de animales, así como un número signiicativo de personas asociadas en la provincia de Huelva.
Se considerará una presencia activa demostrable, la acreditación de un número determinado de adopciones de animales en la provincia, o que han logrado su adopción por terceros en los últimos cinco años.
Se considerará un número suiciente, al menos 25 animales adoptados a razón de 5 por año en los últimos 5 años. En el supuesto de entidades que sean de reciente constitución el cómputo se hará desde la fecha de su registro oicial hasta la de la presentación de la solicitud 5 animales por cada año.
Se considerará un número signiicativo de personas asociadas en la provincia de Huelva, al menos 10 personas.
2. No podrán obtener la condición de beneiciarias las entidades que se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones o circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y concordantes de su Reglamento.
Segundo. Objetivos.
1. La presente convocatoria tiene como objetivos:
a Promover la adopción responsable de los animales albergados en el Refugio Provincial de Valverde del Camino Huelva, compensando a las Asociaciones Protectoras de los gastos en los que incurren por el desempeño de esta actividad.
b Apoyar la labor protectora acogida, recuperación y entrega en adopción que las asociaciones protectoras de animales sin ánimo de lucro realizan con los animales abandonados y/o perdidos en la provincia de Huelva en centros, albergues o refugios propios.
Tercero. Presupuesto Total y aplicación presupuestaria.
1. El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se reiere la presente convocatoria es de diez mil euros 10.000,00 € de la aplicación presupuestaria 11105
17900 48000 del presupuesto de 2020.
Cuarto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
1. El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de este extracto en el BOP de Huelva, expirando 20 días hábiles después.
2. Esta convocatoria tiene tramitación exclusivamente electrónica. Las solicitudes se cumplimentarán en la sede electrónica de la Diputación https sede.diphuelva.es a través de la sección de subvenciones comprendida en el Catálogo de servicios y deberán presentarse necesariamente acompañadas de los documentos que se indican en la convocatoria, digitalizados en formato PDF, conforme los requisitos técnicos establecidos en la página del registro electrónico de la Diputación de Huelva.
Se tendrá como no presentada la documentación que no se haga por esta vía.
Huelva, a 27 de julio de 2020. Rafael J. Vera Torrecillas - Secretario General.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 29/07/2020 a las 09:14:22
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxseJuNQU/fDnNRlE3yrg5Wsw== en https verifirma.diphuelva.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 29/07/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha29/07/2020

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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