Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/07/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

3358

15 de Julio de 2020

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 111

puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.
es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/515602
Puede consultarse información de la convocatoria y descargarse los anexos en la icha del procedimiento dentro del apartado Subvenciones de la sede electrónica de la Diputación de Huelva https sede.diphuelva.es Primero. Entidades beneiciarias La presente convocatoria contempla como beneiciarios fundaciones y asociaciones privadas sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos de la convocatoria.
Segundo. Objeto 1. Es objeto de la presente convocatoria la regulación del procedimiento de concesión de subvenciones por parte de la Diputación de Huelva, mediante concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actuaciones en materia de cooperación internacional al desarrollo.
2. No podrán subvencionarse por la presente convocatoria aquellos proyectos que reciban cualquier tipo de subvención o ayuda por parte de algún Área o Servicio de esta Diputación Provincial de Huelva.
Tercero. bases generales reguladoras Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Huelva. BOP nº 136 de 18
de julio de 2016
Cuarto. Presupuesto total y aplicación presupuestaria El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se reiere la presente convocatoria es de doscientos cincuenta mil euros 250.000,00 € de la aplicación presupuestaria 55500 23100 48007 del presupuesto de 2020.
El importe máximo de ayuda para un proyecto será de veinticinco mil euros 25.000 €
Quinto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes para la presente convocatoria se iniciará al día siguiente de la publicación del extracto de las mismas en el Boletín Oicial de la Provincia de Huelva, expirando 15 días hábiles después.
Las solicitudes se presentarán necesariamente a través de la plataforma de subvenciones disponible en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Huelva https sede.diphuelva.es, cumplimentando la información requerida por la plataforma. Los documentos que se incorporen deberán estar en formato PDF, conforme los requisitos técnicos establecidos para esta sede electrónica.
Se tendrá como no presentada la documentación que se haga llegar por medios diferentes al indicado en el apartado anterior, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No se admitirá ninguna solicitud con fecha posterior a la del plazo señalado en esta convocatoria.
Huelva, 14 de julio de 2020.- Rafael J. Vera Torrecillas - Secretario General.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 15/07/2020 a las 00:00:12
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/07/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha15/07/2020

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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