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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 12/05/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 73
12 de Mayo de 2020
2381
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
La promulgación y aprobación por el Ayuntamiento de San Bartolomé de la Torre del presente Reglamento, implicará la derogación de las disposiciones contenidas en Reglamentos o acuerdos municipales que se opongan a lo dispuesto en el mismo.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Para lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales aprobado por RD 1372/1986, de 13 de junio, en lo que no contradiga a la normativa autonómica; La ley de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía 7/1999, de 29
de septiembre y el Reglamento 18/2006 que la desarrolla, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; Real Decreto 1098/2.001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General que desarrolla la misma y disposiciones en materia higiénico-sanitaria y de defensa de los consumidores y usuarios, siendo de carácter supletoria la restante normativa pública y privada de relación a la materia.
Segunda.- El presente Reglamento entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Ocial de la Provincia y una vez transcurrido el plazo que se ja en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 65.2 de la misma Ley.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Huelva con sede en Huelva, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
En San Bartolomé de la Torre, a 23 de abril de 2020.- LA ALCALDESA PRESIDENTA. Fdo.:
M Eugenia Limón Bayo.
SAN JUÁN DEL PUERTO
ANUNCIO
Por Decreto de Alcaldía, de fecha 22 de abril de 2020, se ha resuelto lo siguente:
Visto el Decreto de Alcaldía n.º 2019-0549, de 1 de julio de 2019, por el que se delegaron determinadas atribuciones al Concejal Delegado de Innovación, Urbanismo y Obras, Agricultura, Transición Ecológica y Desarrollo Sostenible, D. Tomás Domínguez Sánchez.
Considerándose conveniente por esta Alcaldía precisar y ampliar las atribuciones delegadas para incluir las que le corresponden en materia de responsabilidad patrimonial, de forma que se dote de mayor seguridad jurídica a la actuación municipal y con ello se agilice la tramitación de los procedimientos.
En ejercicio de las atribuciones conferidas a esta Alcaldía, y de acuerdo con lo previsto en los art. 21 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 40/15, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y conforme a lo dispuesto en los artículos 43, 44, 120 y 121 del R.D.
2568/86, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, vengo a RESOLVER:
PRIMERO.- Delegar en el Concejal Delegado de Innovación, Urbanismo y Obras, Agricultura, Transición Ecológica y Desarrollo Sostenible, D. Tomás Domínguez Sánchez, las siguientes atribuciones o facultades:
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 12/05/2020 a las 00:00:03
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