Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 08/05/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 72

8 de Mayo de 2020

2343

"En cumplimiento de las medidas adoptadas por el Gobierno de la Nación en el R.D. 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19 muchos empresarios han tenido que suspender la apertura al público de locales y establecimientos minoristas, conforme a lo exigido en el art. 10 del citado Real Decreto, 10 que les ha provocado perjuicios económicos muy importantes al disminuir considerablemente los ingresos previstos para este año.
Con el n de paliar, en lo posible esta situcción, la Alcaldesa-Presidenta propone al pleno la adopción del siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Aprobar inicialmente al amparo de lo dispuesto en el art. 74.2 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, una modicacion en la Ordenanza Fiscal Reguladora de Impuesto sobre Bienes Inmuebles introduciendo el siguiente artículo:
-"Artículo 3.- Establecer una bonicación de hasta el 50% de la cuota íntegra del impuesto a favor de inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, historico-artísticas o de fomento de empleo que justiquen tal declaración. Corresponderá dicha declaración al Pleno de la Corporación y se acordará, previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros".
SEGUNDO.- Aprobar inicialmente, una modicación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupacion de Terrenos de Uso Público Local con mesas y sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos, con nalidad lucrativa, introduciendo el siguiente artículo:
Artículo 60 bis.- Bonicaciones.
Se concede una bonicación del 50% de la cuota correspondiente al año 2020, a todos los sujetos pasivos que acrediten haber sido afectado por la suspensión de su actividad como consecuencia de lo establecido en el art. 10.4 del R.D. 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19."
De conformidad con lo dispuesto en el art. 17 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, durante el plazo de 30
días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Ocial de la provincia, los interesados podrán examinar el expediente y durante el mismo plazo se Ie dará audiencia a efectos de que puedan presentar reclamaciones y hacer las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Transcurrido este plazo sin interponerse reclamaciones, este acuerdo provisional se elevorá a denitivo sin necesidad de segundo acuerdo expreso.
En Niebla, a 21 de abril de 2020.- La Alcaldesa-Presidenta. Fdo.: Laura Pichardo Romero.

ANUNCIO
De conformidad con lo señalado en el art. 17.3 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales, una vez nalizado el periodo de exposición pública de la aprobación de la modicación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la utilización de las instalaciones y Prestaciones de Servicios en el Pabellón Municipal de Deportes, aprobada provisionalmente en sesión plenaria de fecha 16 de diciembre de 2019, se entiende aprobada denitivamente al no haberse presentado alegaciones en el expediente en el plazo legal de exposición pública. A continuación se publica el texto íntegro de la citada modicación, pudiendo interponerse contra la misma recurso contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo de dos meses a contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Ocial de la Provincia de Huelva.
El art. 7º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Utilización de las Instalaciones y Prestaciones de Servicios en el Pabellón Municipal de Deportes queda redactado como sigue:

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 08/05/2020 a las 00:00:03
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsgTxmvBkv+hB6P/uf5S2GWg== en https verifirma.diphuelva.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 08/05/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha08/05/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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