Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 27/01/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 17

27 de Enero de 2020

353

AUTO
En Huelva, a veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve.
HECHOS
PRIMERO.- En el presente procedimiento de reclamación de cantidad n 1089/17 promovido por Don Manuel Valentín Villalba García se celebró, en el día de ayer, una comparecencia a la que asistió el actor defendido de letrado don Gregorio Pérez Borrego y como parte demandada Comercial de Materiales de Incendio S.L.U en adelante, COMIN y Chemtrom, Proyectos y Sistemas S.L.U. asistidas de letrado don Alvaro del Castillo Riba, A.I. Romero, Gutiérrez y Villalba S.L., Romero y Camacho S.L. y D. Juan Romero Pulido asistidos de letrado don Joaquín Maján Velasco, no haciéndolo las restantes demandadas Moncisur S.L., OHL Industrial S.L., Ecolaire España SA, OHL Industrial Mining&Cement S.A., OHL Industrial Power S.A., Obrascon Huarte Lain S.A. y Catalana Securitat I Comunicacions S.A.
SEGUNDO.- La parte actora desistió de todas las demandadas con la salvedad de Comercial de Materiales de Incendio S.L.U COMIN y Chemtrom, Proyectos y Sistemas S.L.U. A.l. Romero, Gutiérrez y Villalba S.L., Romero y Camacho SL y D. Juan Romero Pulido aceptaron el desistimiento formulado de adverso.
Don Manuel Valentín Villalba García y COMIN y Chemtrom, Proyectos y Sistemas S.L.U. manifestaron haber alcanzado un acuerdo.
TERCERO - En la presente resolución se han cumplido los preceptos y prescripciones legales.
HECHO PROBADO.ÚNICO.- Don Manuel Valentín Villalba García y COMIN y Chemtrom, Proyectos y Sistemas S.L.U. manifestaron haber alcanzado un acuerdo, en la celebración de conciliación ante esta Juzgadora cuyo contenido se adjunta e incorpora a las actuaciones, en relación a la reclamación de cantidad derivada de la relación laboral mantenida entre las partes y que era objeto de este procedimiento, acuerdo al que se hace remisión expresa a los folios 123, al que se hace remisión expresa y que queda integrado en esta resolución y que, en síntesis, consistía en que COMIN y Chemtrom, Proyectos y Sistemas S.L.U. reconocían adeudar al demandante la suma de 16.000 euros en concepto de cantidades adeudadas por el período de reclamación de estos autos, que se comprometía a saldar en 48 horas mediante transferencia bancaria a la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
ÚNICO.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 84 y 85.8 LJS es procedente aprobar el acuerdo alcanzado entre las partes, dado que no constituye lesión grave para ninguna de ellas ni para terceros ni existe fraude de ley no abuso de derecho ni contravención al interés público ni afecta a materias que se encuentren fuera del poder de disposición de las partes.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA
Se tiene por desistido a D. Manuel Valentín Villalba García respecto de A.l. Romero, Gutiérrez y Villalba S.L., Romero y Camacho S.L., D. Juan Romero Pulido, Moncisur S.L., OHL Industrial S.L., Ecolaire España S.A., OHL Industrial Mining&Cement S.A., OHL Industrial Power S.A., Obrascon Huarte Lain S.A. y Catalana Securitat I Comunicacions S.A., en los presentes autos 1089/17.
Se aprueba en su integridad el acuerdo de fecha de 26.11.19, alcanzado entre D. Manuel Valentín Villalba García y COMIN y Chemtrom, Proyectos y Sistemas S.L.U. y en los términos del Hecho Probado Único de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a todas las partes con información de que contra la misma no cabe recurso alguno por ser rme.
Así lo acuerda, manda y rma, la lltma. Sra. Dña. María Inmaculada Liñán Rojo, Magistrada del Juzgado de Lo Social número 2 de Huelva y su provincia.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 27/01/2020 a las 00:00:06
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsak3xjUX61U0pC+XcQ7ZXyw== en https verifirma.diphuelva.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 27/01/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha27/01/2020

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031